Decisión Administrativa Nº 193/1997

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<h1 class="titulo_documento">Decisión Administrativa Nº 193/1997</h1> <p>25 de Abril de 1997</p> <p class="estado_norma">Estado de la Norma: Vigente</p> <hr> <p class="titulo_seccion">DATOS DE PUBLICACIÓN</p> <p>Fecha de Emisión: 25 de Abril de 1997</p> <p class="titulo_seccion">ASUNTO</p> <p>Establécese la obligatoriedad de cancelación total de la cuota del devengado autorizada oportunamente, para las jurisdicciones y entidades del P.E.N. que por aplicación del Decreto N° 993/96, deban transferir fondos provenientes de +recursos con afectación específica y propios a la Secretaría de Prensa y Difusión. Reprogramación de cuotas vigentes. Deudas con Telam S.A.I. y P.</p> <p>Cantidad de Artículos: 6</p> <hr> <p>SECRETARIA DE PRENSA Y DIFUSION-TELAM SA-PAGO-CONTRATO DE +PUBLICIDAD-DIFUSION</p> <p>VISTO, el +Decreto N° 993 de fecha 30 de agosto de 1996, y</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul><li>Decreto Nº 993/1996</li></ul> <p>Que +mediante el mismo se instruyó a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS para que +efectuara las modificaciones presupuestarias pertinentes a fin de transferir al+ Programa 19 - PRENSA Y DIFUSION dentro del Presupuesto de la SECRETARIA +GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION - Jurisdicción 2001, los créditos +presupuestarlos de cada uno de los organismos y entidades de la esfera del +PODER EJECUTIVO NACIONAL que en sus respectivos presupuestos contaron con +autorizaciones para gastos en la Partida 3.6 - "Propaganda y Publicidad".Que a su vez se dispuso que todos estos organismos y entidades deberían +abstenerse de realizar propaganda y publicidad, canalizando cualquier +iniciativa en tal sentido a través de la SECRETARIA DE PRENSA Y DIFUSION de la +PRESIDENCIA DE LA NACION.Que la puesta en práctica del mencionado decreto, ha suscitado distintas +interpretaciones y pedidos de excepción sobre la aplicación del mismo.Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia hacen necesario mantener +vigente el régimen de la referida norma, dotando a la SECRETARIA DE PRENSA Y +DIFUSION de la PRESIDENCIA DE LA NACION de amplias facultades para optimizar su+ resultado.Que para ello, deviene procedente que las jurisdicciones y entidades del PODER +EJECUTIVO NACIONAL que por aplicación del régimen instituido por el Decreto N° +993/96, deban transferir los fondos provenientes de recursos con afectación +específica y recursos propios a la SECRETARIA DE PRENSA Y DIFUSION de la +PRESIDENCIA DE LA NACION destinados a propaganda y publicidad, cancelen +totalmente la cuota del devengado autorizada oportunamente, cuyo vencimiento +operará a los DIEZ (10) días de la fecha de la presente Decisión.Que la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO dependiente de la SECRETARIA DE HACIENDA +del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS procederá a reprogramar+ las cuotas vigentes, a fin de incorporar los saldos no ejecutados de las +cuotas correspondientes al primer trimestre, por concepto de contribuciones +figurativas a la SECRETARIA DE PRENSA Y DIFUSION de la PRESIDENCIA DE LA NACION+ establecida por propaganda y publicidad.Que por su parte, las mencionadas jurisdicciones y entidades, deberán +transferir a la SECRETARIA DE PRENSA Y DIFUSION de la PRESIDENCIA DE LA NACION,+ entre los meses de abril y septiembre de 1997, los fondos correspondientes a +los saldos de los créditos destinados a propaganda y publicidad en SEIS (6) +cuotas mensuales. iguales y consecutivas, cuyo último vencimiento operará el 30+ de septiembre de 1997.Que para ello, debe facultarse a la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE +ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS a modificar el cronograma establecido en +el considerando precedente, previo requerimiento fundado de la SECRETARIA DE +PRENSA Y DIFUSION de la PRESIDENCIA DE LA NACION y de acuerdo a la +disponibilidad de recursos propios y con afectación específica según el caso de+ las entidades y jurisdicciones involucradas.Que sin prejuicio del cumplimiento de lo expuesto, se estima oportuno que los +organismos y entidades en cuestión que tengan deudas pendientes al 31 de +diciembre de 1996 con TELAM SOCIEDAD ANONIMA, INFORMATIVA Y PUBLICITARIA, deban+ cancelarlas indefectiblemente antes del 30 de abril de 1997.Que asimismo, la mencionada Secretaría Presidencial queda facultada a +distribuir los créditos provenientes de las entidades y jurisdicciones +involucradas, conforme las necesidades que estime pertinentes y a admitir según+ razones de oportunidad, mérito o conveniencia, los requerimientos de +propaganda y publicidad que las mismas le formulen.Que es menester disponer que los funcionarios administrativamente responsables +de las jurisdicciones y los titulares de las entidades de la esfera del PODER +EJECUTIVO NACIONAL que incumplan con las prescripciones del Decreto N° 993/96 y+ de la presente, serán responsables y pasibles de las sanciones que puedan +corresponder de conformidad con las normas y procedimientos vigentes.Que el presente acto se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del +artículo 100, inciso 1, de la Constitución Nacional.</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul> <li>Decreto Nº 993/1996</li> <li>Constitución de 1994<span class="acotacion_modificatoria"> Articulo Nº 100 (CONSTITUCION +NACIONAL)</span> </li> </ul> <p>Por ello, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS</p> <p>DECIDE:</p> <hr> <p>ARTICULO 1° - Las jurisdicciones y entidades de +la ADMINISTRACION NACIONAL dependientes del PODER EJECUTIVO NACIONAL que por +aplicación del régimen instituido por el Decreto N° 993/96, deban transferir +los fondos provenientes de recursos con afectación especifica y recursos +propios a la SECRETARIA DE PRENSA Y DIFUSION de la PRESIDENCIA DE LA NACION +destinados a propaganda y publicidad, deberán cancelar totalmente las cuotas de+ devengado autorizadas oportunamente, que se incluyen en planilla anexa al +presente artículo, cuyo vencimiento operará a los DIEZ (10) días de la fecha de+ la presente Decisión.La SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO dependiente de la SECRETARIA DE HACIENDA del +MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS procederá a reprogramar las+ cuotas vigentes, a fin de incorporar los saldos no ejecutados de las cuotas +correspondientes al primer trimestre, por concepto de contribuciones +figurativas a la SECRETARIA DE PRENSA Y DIFUSION de la PRESIDENCIA DE LA NACION+ establecida por propaganda y publicidad.</p> <p>ARTICULO 2° - Las Jurisdicciones y entidades +señaladas en el articulo precedente deberán transferir a la SECRETARIA DE +PRENSA Y DIFUSION de la PRESIDENCIA DE LA NACION, entre los meses de abril y +septiembre de 1997, los fondos correspondientes a los saldos de los créditos +destinados a propaganda y publicidad en SEIS (6) cuotas mensuales, iguales y +consecutivas, cuyo último vencimiento operará el 30 de septiembre de 1997, de +acuerdo a la planilla anexa al presente articulo.Facúltase a la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y +SERVICIOS PUBLICOS a modificar el cronograma establecido en el párrafo +precedente, previo requerimiento fundado de la SECRETARIA DE PRENSA Y DIFUSION +de la PRESIDENCIA DE LA NACION y de acuerdo a la disponibilidad de recursos +propios y con afectación especifica según el caso de las entidades y +jurisdicciones involucradas.</p> <p>ARTICULO 3° - Sin perjuicio del cumplimiento de +lo dispuesto en los artículos 1° y 2°, los organismos y entidades en cuestión, +que tengan deudas pendientes al 31 de diciembre de 1996 con TELAM SOCIEDAD +ANONIMA, INFORMATIVA Y PUBLICITARIA, deberán cancelarlas indefectiblemente +antes del 30 de abril de 1997.</p> <p>ARTICULO 4° - Facúltase a la SECRETARIA DE +PRENSA Y DIFUSION de la PRESIDENCIA DE LA NACION a distribuir los créditos +provenientes de las jurisdicciones y entidades involucradas, conforme las +necesidades que estime pertinentes y a admitir, según razones de oportunidad, +mérito o conveniencia, los requerimientos de propaganda y publicidad que las +mismas le formulen.</p> <p>ARTICULO 5° - Los funcionarios +administrativamente responsables de las jurisdicciones y los titulares de las +entidades de la esfera del PODER EJECUTIVO NACIONAL que incumplan con las +prescripciones del Decreto N° 993/96 y de la presente, serán responsables y +pasibles de las sanciones que puedan corresponder de conformidad con las normas+ y procedimientos vigentes.</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul><li>Decreto Nº 993/1996</li></ul> <p>ARTICULO 6° - Comuníquese, publíquese, dése a la+ Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.</p> <hr> <p>GASTOS DE PROPAGANDA Y PUBLICIDADSERVICIO/ENTIDAD CUOTA ASIGNADA I TRIMESTRE105 COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA 30.321107 ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES 20.619112 ENTE NACIONAL REGULADOR NUCLEAR 392114 INSTITUTO NACIONAL DE ACCION COOPERATIVA Y MUTUAL 54.673200 REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS 4.899201 DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES 10.020250 CAJA DE RETIROS, PENSIONES Y JUBILACIONES DELA POLICIA FEDERAL 1.915309 SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL 22.906317 SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLOSUSTENTABLE 94.411322 SECRETARIA DE TURISMO 246.312326 POLICIA FEDERAL ARGENTINA 62.430332 SECRETARIA DE JUSTICIA 194.887337 SECRETARIA DE CULTURA 8.436350 MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 130.221372 INSTITUTO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICASDE LAS FF.AA. 772374 ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO 11.928379 ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA 4.288381 ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AEREA 14.137603 SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION 27.437606 INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA 12.448609 INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA 1.125614 INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS 1.960622 INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL 5.879623 SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA 40.178625 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS 3.641.454651 ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS 391.950652 ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD 117.585656 ORGANISMO REGIONAL DE SEGURIDAD DE PRESAS - COMAHUE 3.528661 COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE 25.608801 NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES 39.195802 FONDO NACIONAL DE LAS ARTES 9.799850 ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 397.131852 SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO 48.994900 ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD 4.997902 CENTRO NACIONAL DE REEDUCACION SOCIAL (CENARESO) 588904 ANMAT - ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS,ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA 59.269TOTAL 5.742.692</p> <p>GASTOS DE PROPAGANDA Y PUBLICIDADSERVICIO/ENTIDAD CUOTA MENSUAL105 COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA 20.089107 ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES 13.660112 ENTE NACIONAL REGULADOR NUCLEAR 260114 INSTITUTO NACIONAL DE ACCION COOPERATIVA Y MUTUAL 36.355200 REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS 3.246201 DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES 6.638250 CAJA DE RETIROS, PENSIONES Y JUBILACIONES DELA POLICIA FEDERAL 1.269309 SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL 15.176317 SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLOSUSTENTABLE 31.390322 SECRETARIA DE TURISMO 81.895326 POLICIA FEDERAL ARGENTINA 20.757332 SECRETARIA DE JUSTICIA 64.797337 SECRETARIA DE CULTURA 2.805350 MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 43.297372 INSTITUTO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICASDE LAS FF.AA 256374 ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO 3.966379 ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA 1.425381 ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AEREA 4.700603 SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION 18.177606 INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA 8.247609 INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA 746614 INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS + 1.298622 INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL 3.895623 SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA 26.619625 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS 2.412.539651 ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS 259.675652 ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD 77.903656 ORGANISMO REGIONAL DE SEGURIDAD DE PRESAS - COMAHUE 2.337661 COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE 16.966801 INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES 25.968802 FONDO NACIONAL DE LAS ARTES 6.492850 ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 263.108852 SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO 32.459900 ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD 3.311902 CENTRO NACIONAL DE REEDUCACION SOCIAL (CENARESO) 390904 ANMAT - ADMINISTRAClON NACIONAL DE MEDICAMENTOS,ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA 39.267TOTAL 3.551.378</p> <hr> <p class="titulo_seccion">FIRMANTES</p> <p>Jorge A.Rodríguez - Roque B. Fernández</p>