Decisión Administrativa Nº 57/2000

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<h1 class="titulo_documento">Decisión Administrativa Nº 57/2000</h1> <p>23 de Mayo de 2000</p> <p class="estado_norma">Estado de la Norma: Vigente</p> <hr> <p class="titulo_seccion">DATOS DE PUBLICACIÓN</p> <p>Fecha de Emisión: 23 de Mayo de 2000</p> <p>Boletín Oficial: 29 de Mayo de 2000</p> <p class="titulo_seccion">ASUNTO</p> <p>Incorpóranse a las planillas anexas al artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 1/2000 los montos y causas de las sentencias judiciales a que se refieren los párrafos 1 y 3 del artículo 45 de la Ley N° 25.237, correspondientes a la jurisdicción del citado Departamento de Estado.</p> <p>Cantidad de Artículos: 2</p> Las planillas anexas no se publican en el Boletín Oficial. Pueden ser consultadas en la Sede Central del Boletín Oficial (Suipacha 767 - Capital Federal). <hr> <p>PRESUPUESTO NACIONAL-MINISTERIO DE EDUCACION-SENTENCIA</p> <p>VISTO la Ley N° 25.237, de PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 2000, y la Decisión Administrativa N° 1 del 12 de enero del 2000, y</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul> <li>Ley Nº 25237</li> <li>Decisión Administrativa Nº 1/2000</li> </ul> <p>Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley N° 25.237, se detallaron en las planillas anexas al artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 1/00 las causas y montos necesarios para dar cumplimiento a los juicios contra el Estado Nacional con sentencia firme.</p> <p>Que en dichas planillas fueron omitidas diversas causas correspondientes al MINISTERIO DE EDUCACION, las que fueron evaluadas en tiempo y forma por el Servicio Jurídico respectivo.</p> <p>Que al contarse con los recursos presupuestarios necesarios para dar cumplimiento a dichas causas, corresponde incorporar a las planillas anexas al artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 1/00, los montos y causas judiciales señaladas.</p> <p>Que la presente medida encuentra fundamento en las disposiciones del artículo 30 de la Ley N° 24.156, artículo 17 de la Ley N° 25.237 y en las atribuciones previstas en el artículo 100, incisos 1°) y 2°) de la CONSTITUCION NACIONAL.</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul> <li>Ley Nº 25237<span class="acotacion_modificatoria"> Articulo Nº 45</span> </li> <li>Decisión Administrativa Nº 1/2000</li> <li>Constitución de 1994<span class="acotacion_modificatoria"> (CONSTITUCION NACIONAL)</span> </li> </ul> <p>Por ello, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS</p> <p>DECIDE:</p> <hr> <p>ARTICULO 1° - Incorpóranse a las planillas anexas al artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 1 del 12 de enero del 2000 los montos y causas de las sentencias judiciales a que se refieren los párrafos 1 y 3 del artículo 45 de la Ley N° 25.237, correspondientes a la jurisdicción MINISTERIO DE EDUCACION, de acuerdo con las planillas anexas al presente artículo.</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul><li>Ley Nº 25237<span class="acotacion_modificatoria"> Articulo Nº 45</span> </li></ul> <p class="titulo_referencias">Modifica a:</p> <ul> <li>Decisión Administrativa Nº 1/2000<span class="acotacion_modificatoria"> Articulo Nº 3 (Incorpora a las planillas anexas al artículo 3° los montos y causas de las sentencias judiciales a que se refieren los párrafos 1 y 3 del artículo 45 de la Ley N° 25.237, correspondientes a la jurisdicción MINISTERIO DE EDUCACION)</span> </li> </ul> <p>ARTICULO 2° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.</p> <hr> <p class="titulo_seccion">FIRMANTES</p> <p>Rodolfo H. Terragno - Juan J. Llach.</p>