Decisión Administrativa Nº 652/1997

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<h1 class="titulo_documento">Decisión Administrativa Nº 652/1997</h1> <p>17 de Octubre de 1997</p> <p class="estado_norma">Estado de la Norma: Vigente</p> <hr> <p class="titulo_seccion">DATOS DE PUBLICACIÓN</p> <p>Fecha de Emisión: 17 de Octubre de 1997</p> <p>Boletín Oficial: 23 de Octubre de 1997</p> <p class="titulo_seccion">ASUNTO</p> <p>Ampliase el Presupuesto de la Administración Nacional, correspondiente al ejercicio 1997, aprobado por la Ley N° 24.764, distribuido por la Decisión Administrativa N° 12/97, para atender el pago de remuneraciones de los agentes cuyos cargos fueron suprimidos por aplicación de la Segunda Reforma del Estado.</p> <p>Cantidad de Artículos: 3</p> Las planillas anexas no se publican en el Boletín Oficial. Pueden ser consultadas en la Sede Central del Boletín Oficial (Suipacha 767, Capital Federal). <hr> <p>PRESUPUESTO NACIONAL-MODIFICACION DEL PRESUPUESTO -SEGUNDA REFORMA DEL ESTADO-REMUNERACION-EMPLEADOS PUBLICOS</p> <p>VISTO la Ley N° 24.764 de PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 1997 y la Decisión Administrativa N° 12 del 16 de enero de 1997, y</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul> <li>Ley Nº 24764</li> <li>Decisión Administrativa Nº 12/1997</li> </ul> <p>Que el artículo 14 de la ley citada autoriza al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS a incorporar en la Partida Parcial 115 - Otros Gastos en Personal, del inciso 1 - Gastos en Personal, los montos necesarios para atender el pago de las remuneraciones de los agentes cuyos cargos fueron suprimidos por aplicación de la Segunda Reforma del Estado y que se hallan comprendidos en las situaciones previstas en el articulo 26 del Decreto N° 852 de fecha 25 de julio de 1996, sustituido por el artículo 5° del Decreto N° 1231 de fecha 30 de octubre de 1996.</p> <p>Que la Decisión Administrativa N° 12 del 16 de enero de 1997 incluyó en las jurisdicciones y entidades los créditos a que se refiere el considerando anterior, financiados con los recursos previstos para el Fondo de Reconversión Laboral a que alude el artículo 9° de la Ley N° 24.629.</p> <p>Que asimismo en algunas entidades se ha advertido que el cálculo del monto de la mencionada partida parcial, incorporado en la Decisión Administrativa N° 12 del 16 de enero de 1997, resulta insuficiente para atender el pago de las remuneraciones al personal involucrado.</p> <p>Que en razón de lo expuesto resulta necesario incrementar los créditos de la citada partida parcial como así también los recursos provenientes de las Fuentes Financieras previstas en la Jurisdicción 90 - SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA, considerando la presente medida como complementaria de la Decisión Administrativa N° 12 del 16 de enero de 1997.</p> <p>Que la medida propuesta se halla amparada en las disposiciones del articulo 14 de la Ley N° 24.764.</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul> <li>Ley Nº 24764<span class="acotacion_modificatoria"> Articulo Nº 14</span> </li> <li>Decreto Nº 852/1996<span class="acotacion_modificatoria"> (CREACION DE LA UNIDAD EJECUTORA DEL FONDO DE RECONVERSION LABORAL)</span> </li> <li>Decreto Nº 1231/1996</li> <li>Decisión Administrativa Nº 12/1997</li> <li>Ley Nº 24629</li> <li>Ley Nº 24764</li> </ul> <p>Por ello, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS</p> <p>DECIDE:</p> <hr> <p>ARTICULO 1° - Amplíase, en la suma de OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL OCHENTA Y CUATRO PESOS ($ 546.084) el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL correspondiente al ejercicio 1997 aprobado por la Ley N° 24.764, distribuido por la Decisión Administrativa N° 12 del 16 de enero de 1997, en las entidades que se detallan en planillas anexas al presente articulo, a fin de reforzar la partida parcial 115 - otros Gastos en Personal, del inciso 1 - Gastos en Personal.</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul> <li>Decisión Administrativa Nº 12/1997</li> <li>Ley Nº 24764</li> </ul> <p class="titulo_referencias">Textos Relacionados:</p> <ul> <li>Decisión Administrativa Nº 12/1997<span class="acotacion_modificatoria"> (Amplía, en la suma de OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL OCHENTA Y CUATRO PESOS ($ 546.084) el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL correspondiente al ejercicio 1997 aprobado por la Ley N° 24.764, distribuido por la Decisión Administrativa N° 12 del 16 de enero de 1997, a fin de reforzar la partida parcial 115 - otros Gastos en Personal, del inciso 1 - Gastos en Personal.)</span> </li> <li>Ley Nº 24764<span class="acotacion_modificatoria"> (Amplía, en la suma de OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL OCHENTA Y CUATRO PESOS ($ 546.084) el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL correspondiente al ejercicio 1997 aprobado por la Ley N° 24.764, distribuido por la Decisión Administrativa N° 12 del 16 de enero de 1997, a fin de reforzar la partida parcial 115 - otros Gastos en Personal, del inciso 1 - Gastos en Personal.)</span> </li> </ul> <p>ARTICULO 2° - Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo anterior, ampliase en igual monto los recursos provenientes de las Fuentes Financieras correspondientes a la Jurisdicción 90 - SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA, de acuerdo con el detalle obrante en planilla anexa al presente articulo.</p> <p>ARTICULO 3° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.</p> <hr> <hr> <p class="titulo_seccion">FIRMANTES</p> <p>Jorge A. Rodríguez - Roque B. Fernández</p>