Decisión Administrativa Nº 67/2001

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<h1 class="titulo_documento">Decisión Administrativa Nº 67/2001</h1> <p>31 de Mayo de 2001</p> <p class="estado_norma">Estado de la Norma: Vigente</p> <hr> <p class="titulo_seccion">DATOS DE PUBLICACIÓN</p> <p>Fecha de Emisión: 31 de Mayo de 2001</p> <p>Boletín Oficial: 05 de Junio de 2001</p> <p class="titulo_seccion">ASUNTO</p> <p>Sustitúyese el Artículo 5° de la Decisión Administrativa N° 1/2001, con la finalidad de evitar la superposición de competencias y agilizar los procesos relativos a las tramitaciones relacionadas con el Nomenclador de Funciones Ejecutivas, dados los objetivos asignados a la Secretaría de Modernización del Estado de la Jefatura de Gabinete de Ministros.</p> <p>Cantidad de Artículos: 2</p> <hr> <p>NOMENCLADOR DE FUNCIONES EJECUTIVAS -SISTEMA NACIONAL DE PROFESION ADMINISTRATIVA</p> <p>VISTO la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 9 de enero de 2001 y el Decreto N° 673 de fecha 18 de mayo de 2001, y</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul> <li>Decisión Administrativa Nº 1/2001</li> <li>Decreto Nº 673/2001</li> </ul> <p>Que por la norma citada en primer término se distribuyen los gastos corrientes y de capital, los gastos figurativos, las aplicaciones financieras, los recursos, las contribuciones figurativas y las fuentes de financiamiento previstas en la Ley N° 25.401.</p> <p>Que mediante el artículo 5° de la Decisión Administrativa N° 1/01, se establece que la incorporación de cargos al Nomenclador de Funciones Ejecutivas del SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (SINAPA), será aprobada por resolución conjunta de la SECRETARIA DE COORDINACION GENERAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA.</p> <p>Que a través del Decreto N° 673/01 se creó la SECRETARIA PARA LA MODERNIZACION DEL ESTADO en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, quedando bajo la órbita de la mencionada Secretaría la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA.</p> <p>Que dados los objetivos asignados a la SECRETARIA PARA LA MODERNIZACION DEL ESTADO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS por el Decreto señalado precedentemente, a efectos de evitar la superposición de competencias, y a fin de agilizar los procesos relativos a las tramitaciones relacionadas con el Nomenclador de Funciones Ejecutivas, corresponde modificar el artículo 5° de la Decisión Administrativa N° 1/01.</p> <p>Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL.</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul> <li>Ley Nº 25401</li> <li>Decisión Administrativa Nº 1/2001<span class="acotacion_modificatoria"> Articulo Nº 5</span> </li> <li>Decreto Nº 673/2001</li> <li>Constitución de 1994<span class="acotacion_modificatoria"> Articulo Nº 100 (CONSTITUCION NACIONAL)</span> </li> </ul> <p>Por ello, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS</p> <p>DECIDE:</p> <hr> <p>ARTICULO 1° - Sustitúyese el Artículo 5° de la Decisión Administrativa N° 1 del 9 de enero de 2001 por el siguiente:</p> <p>"ARTICULO 5° - La incorporación, y reasignación de cargos al Nomenclador de Funciones Ejecutivas del SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (SINAPA), será aprobada por Resolución Conjunta de la SECRETARIA PARA LA MODERNIZACION DEL ESTADO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA. A tal efecto, las Jurisdicciones y Entidades dependientes del PODER EJECUTIVO NACIONAL que soliciten el dictado de dicha medida deberán acompañar la fundamentación correspondiente y un análisis de su costo y de su financiamiento presupuestario.</p> <p>En los casos de actualización del Nomenclador de Funciones Ejecutivas que surjan como consecuencia de homologaciones, ratificaciones y/o derogaciones de Funciones Ejecutivas será competente exclusivamente la SECRETARIA PARA LA MODERNIZACION DEL ESTADO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS".</p> <p class="titulo_referencias">Modifica a:</p> <ul> <li>Decisión Administrativa Nº 1/2001<span class="acotacion_modificatoria"> Articulo Nº 5 (Artículo sustituído.)</span> </li> </ul> <p>ARTICULO 2° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.</p> <hr> <p class="titulo_seccion">FIRMANTES</p> <p>Chrystian G. Colombo. - Ramón B. Mestre.</p>