Decreto Nº 1149/2002

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<h1 class="titulo_documento">Decreto Nº 1149/2002</h1> <p class="estado_norma">Estado de la Norma: Vigente</p> <hr> <p class="titulo_seccion">DATOS DE PUBLICACIÓN</p> <p>Fecha de Emisión: 02 de Julio de 2002</p> <p>Boletín Oficial: 03 de Julio de 2002</p> <p class="titulo_seccion">ASUNTO</p> <p>DECRETO N° 1149/2002 - Asígnase a la Subsecretaría de Relaciones Sanitarias e Investigación en Salud del Ministerio de Salud y a la Superintendencia de Servicios de Salud, la responsabilidad de la conducción del Proyecto de Reforma de Obras Sociales e Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados y el Programa de Reconversión del Sistema de Seguro de Salud (PRESSS).</p> <p>Cantidad de Artículos: 3</p> <hr> <p>SEGURIDAD SOCIAL-OBRAS SOCIALES-MINISTERIO DE SALUD</p> <p>VISTO los Decretos Nros. 970 de fecha 30 de julio de 2001 y 357 de fecha 21 de febrero de 2002, y</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul> <li>Decreto Nº 970/2001</li> <li>Decreto Nº 357/2002</li> </ul> <p>Que por el artículo 2º del Decreto Nº 970/01 se le asignó la responsabilidad de la conducción del PROYECTO DE REFORMA DE OBRAS SOCIALES E INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS y el PROGRAMA DE RECONVERSION DEL SISTEMA DE SEGURO DE SALUD (PRESSS), en forma colegiada, a la ex- SUBSECRETARIA DE ATENCION PRIMARIA DE LA SALUD del MINISTERIO DE SALUD y a la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.</p> <p>Que por el Decreto Nº 357/02 se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, eliminando la SUBSECRETARIA DE ATENCION PRIMARIA DE LA SALUD del MINISTERIO DE SALUD.</p> <p>Que teniendo en cuenta la nueva estructura orgánico funcional aprobada por dicho acto administrativo corresponde proceder a determinar en qué organismo recaerá la responsabilidad de conducción en cuestión.</p> <p>Que de acuerdo a sus objetivos, corresponde asignar dicha conducción a la SUBSECRETARIA DE RELACIONES SANITARIAS E INVESTIGACION EN SALUD del MINISTERIO DE SALUD creada por el Decreto 357/02.</p> <p>Que DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD, ha tomado la intervención de su competencia.</p> <p>Que se actúa en uso de las facultades conferidas por el artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL, inciso 1.</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul> <li>Decreto Nº 970/2001<span class="acotacion_modificatoria"> Articulo Nº 2</span> </li> <li>Decreto Nº 357/2002</li> <li>Constitución de 1994<span class="acotacion_modificatoria"> Articulo Nº 99</span> </li> </ul> <p>Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA</p> <p>DECRETA:</p> <hr> <p>Artículo 1º - Déjase sin efecto el artículo 2º del Decreto Nº 970 de fecha 30 de julio de 2001.</p> <p class="titulo_referencias">Deroga a:</p> <ul> <li>Decreto Nº 970/2001<span class="acotacion_modificatoria"> Articulo Nº 2</span> </li> </ul> <p>Art. 2º - Asígnase la responsabilidad de la conducción del PROYECTO DE REFORMA DE OBRAS SOCIALES E INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS y el PROGRAMA DE RECONVERSION DEL SISTEMA DE SEGURO DE SALUD (PRESSS), en forma colegiada, a la SUBSECRETARIA DE RELACIONES SANITARIAS E INVESTIGACION EN SALUD del MINISTERIO DE SALUD y a la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.</p> <p>Art. 3º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.</p> <hr> <p class="titulo_seccion">FIRMANTES</p> <p>DUHALDE - Alfredo N. Atanasof - Ginés M. González García</p>