Decreto Nº 431/2001

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<h1 class="titulo_documento">Decreto Nº 431/2001</h1> <p class="estado_norma">Estado de la Norma: Vigente</p> <hr> <p class="titulo_seccion">DATOS DE PUBLICACIÓN</p> <p>Fecha de Emisión: 17 de Abril de 2001</p> <p>Boletín Oficial: 20 de Abril de 2001</p> <p class="titulo_seccion">ASUNTO</p> <p>MODIFICACION DE LA ESTRUCTURA ORGANICA Y OBJETIVOS DE LOS MINISTERIOS DE ECONOMIA Y DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.</p> <p>Cantidad de Artículos: 12</p> <hr> <p>MINISTERIO DE ECONOMIA-MODIFICACION DE LA ESTRUCTURA ORGANICA</p> <p>Visto el Expediente N° 173-000212/2001 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, el Decreto N° 20 de fecha 13 de diciembre de 1999, sus modificatorios y complementarios, los Decretos N° 310 de fecha 12 de marzo de 2001, N° 370 y N° 373, ambos de fecha 28 de marzo de 2001, lo propuesto por el MINISTERIO DE ECONOMIA, y</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul> <li>Decreto Nº 20/1999</li> <li>Decreto Nº 310/2001</li> <li>Decreto Nº 370/2001</li> <li>Decreto Nº 373/2001</li> </ul> <p>Que por el Decreto N° 20 de fecha 13 de diciembre de 1999, sus modificatorios y complementarios, entre otras consideraciones, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional, estableciéndose sus competencias.</p> <p>Que por el Decreto N° 373 de fecha 28 de marzo de 2001, entre otras disposiciones, se aprobaron los niveles políticos correspondientes a las Secretarías del MINISTERIO DE ECONOMIA, y se determinaron sus Objetivos.</p> <p>Que se advierte la conveniencia de modificar la denominación de la SECRETARIA DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA del MINISTERIO DE ECONOMIA, por la de SECRETARIA DE LA COMPETENCIA, LA DESREGULACION Y LA DEFENSA DEL CONSUMIDOR, a fin de reflejar más acabadamente los Objetivos que le fueran asignados.</p> <p>Que por lo tanto, corresponde aclarar que toda cita, en el Decreto N° 373 de fecha 28 de marzo de 2001, a la SECRETARIA DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA del MINISTERIO DE ECONOMIA, deberá entenderse como referida a la SECRETARIA DE LA COMPETENCIA, LA DESREGULACION Y LA DEFENSA DEL CONSUMIDOR. Que independientemente de ello, corresponde profundizar el marco de la organización del citado Ministerio, definiendo el nivel político de Subsecretarías que conformarán el organigrama de aplicación de la administración centralizada del mismo, asignándole sus pertinentes Objetivos.</p> <p>Que, de conformidad con el proceso de normalización institucional operado en el MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, resulta aconsejable incorporar la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del citado Ministerio, la que mantendrá los Objetivos previstos por el Decreto N° 20 de fecha 13 de diciembre de 1999.</p> <p>Que, por otra parte, se deja sin efecto la transferencia del ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES (ONAB), dependiente de la EX SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION DE BIENES Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la EX SECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE ECONOMIA, dispuesta por el Artículo 6 del Decreto N° 310 de fecha 12 de marzo de 2001, correspondiendo la adecuación de los Objetivos previstos para la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA, por el Decreto N° 373 de fecha 28 de marzo de 2001 y de su SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION DE BIENES Y NORMALIZACION PATRIMONIAL, aprobada por la norma citada en primer término, modificándose, además, su denominacióN°</p> <p>Que por el Decreto N° 370 de fecha 28 de marzo de 2001, se dispuso la transferencia de la SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA, del MINISTERIO DE ECONOMIA al MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, correspondiendo incorporar a dicha transferencia a los organismos no integrantes de la Administración Centralizada de la mencionada Secretaría.</p> <p>Que, por último, corresponde incluir ciertas medidas que permitan la inmediata puesta en marcha de las disposiciones adoptadas en el presente decreto.</p> <p>Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete, expidiéndose favorablemente.</p> <p>Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para el dictado de la presente medida en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 99, Inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul> <li>Decreto Nº 20/1999</li> <li>Decreto Nº 373/2001</li> <li>Decreto Nº 373/2001</li> <li>Constitución de 1994</li> </ul> <p>Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA</p> <p>DECRETA:</p> <hr> <p>Artículo 1° - Sustitúyese del Anexo I al Artículo 1° del Decreto N° 20 de fecha 13 de diciembre de 1999, sus modificatorios y complementarios -Organigrama de Aplicación- del Apartado XIV, la parte correspondiente al MINISTERIO DE ECONOMIA, el que quedará conformado de acuerdo al detalle que como</p> <p> se acompaña.</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul><li>Decreto Nº 20/1999<span class="acotacion_modificatoria"> Articulo Nº 1 (Anexo I)</span> </li></ul> <p>Artículo 2° - Modifícase del Apartado XIV, Anexo II, al Artículo 2° del Decreto N° 20 de fecha 13 de diciembre de 1999, sus modificatorios y complementarios -Objetivos-, la parte correspondiente a las Secretarías del MINISTERIO DE ECONOMIA, incorporando los correspondientes a la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA, los que quedarán redactados de conformidad con el detalle obrante en</p> <p>, forma parte integrante de la presente medida.</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul><li>Decreto Nº 20/1999<span class="acotacion_modificatoria"> Articulo Nº 2 (Anexo II, Apartado XIV)</span> </li></ul> <p>Artículo 3° - Modifícase del Apartado XIV, Anexo II, al Artículo 2° del Decreto N° 20 de fecha 13 de diciembre de 1999, sus modificatorios y complementarios -Objetivos-, la parte correspondiente a las Subsecretarías del MINISTERIO DE ECONOMIA, los que como Anexo II, forman parte integrante de la presente medida.</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul><li>Decreto Nº 20/1999<span class="acotacion_modificatoria"> Articulo Nº 2 (Anexo II, Apartado XIV)</span> </li></ul> <p>Artículo 4° - Aclárase que toda mención a la SECRETARIA DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA del MINISTERIO DE ECONOMIA, citada en el Decreto N° 373 de fecha 28 de marzo de 2001, deberá entenderse referida a la SECRETARIA DE LA COMPETENCIA, LA DESREGULACION Y LA DEFENSA DEL CONSUMIDOR.</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul><li>Decreto Nº 373/2001</li></ul> <p>Artículo 5° - Incorpórase al Anexo I del Artículo 1° del Decreto N° 20 de fecha 13 de diciembre de 1999, sus modificatorios y complementarios -Organigrama de Aplicación-, en la parte correspondiente al Apartado XV MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, la Unidad SUBSECRETARIA DE COORDINACION, la que mantendrá los Objetivos asignados oportunamente por dicha norma.</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul><li>Decreto Nº 20/1999<span class="acotacion_modificatoria"> Articulo Nº 1 (Anexo I)</span> </li></ul> <p>Artículo 6° - Establécese que las actividades de apoyo técnico y administrativo a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, serán ejercidas, en lo atinente al Servicio Administrativo 358, por la Dirección General de Administración, y en lo referido a la aplicación de la política de recursos humanos, por la Dirección General de Recursos Humanos, ambas del MINISTERIO DE ECONOMIA.</p> <p>Artículo 7° - Déjase sin efecto la transferencia dispuesta por el Artículo 6° del Decreto N° 310 de fecha 12 de marzo de 2001.</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul><li>Decreto Nº 310/2001<span class="acotacion_modificatoria"> Articulo Nº 6</span> </li></ul> <p>Artículo 8° - Incorpóranse, a la transferencia dispuesta por el Artículo 1° del Decreto N° 370 de fecha 28 de marzo de 2001, los organismos no integrantes de la Administración Centralizada de la SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, que se citan a continuación: ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), NUCLEOELECTRICA ARGENTINA S.A., EMPRENDIMIENTOS BlNACIONALES S.A., UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISION YACYRETA (UESTY) y SERVICIO GEOLOGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR)</p> <p>Las transferencias dispuestas incluyen competencias, cargos, personal, bienes y créditos presupuestarios asignados.</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul><li>Decreto Nº 370/2001<span class="acotacion_modificatoria"> Articulo Nº 1</span> </li></ul> <p>Artículo 9° - Modifícase la Distribución Administrativa del Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional -Recursos Humanos- para el presente Ejercicio, de conformidad con el detalle obrante en</p> <p>.</p> <p>Artículo 10. - Facúltase a la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA a realizar las adecuaciones presupuestarias que correspondan, a fin de perfeccionar lo dispuesto por el presente decreto, así como también a su similar N° 370 de fecha 28 de marzo de 2001.</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul><li>Decreto Nº 370/2001<span class="acotacion_modificatoria"> Articulo Nº 1</span> </li></ul> <p>Artículo 11. - Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias a las que se refiere el Artículo precedente, las erogaciones a las que dé lugar lo dispuesto por la presente medida, serán atendidas con los créditos de origen de los mismos.</p> <p>Artículo 12. - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.</p> <hr> <p>SECRETARIA DE FINANZAS</p> <p>SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS</p> <p>OBJETIVOS</p> <p>1. Ejecutar las políticas relativas al desarrollo de los servicios financieros, en particular los referidos a: seguros, sistema integrado de jubilaciones y pensiones, mercado de valores y sistemas de liquidación de operaciones públicos y privados en función de las políticas de apertura externa y desregulación.</p> <p>2. Asistir en las relaciones entre la COMISION NACIONAL DE VALORES, la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.</p> <p>3. Asistir en la coordinación de los aspectos administrativos de las relaciones del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, el BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR S.A. y el BANCO HIPOTECARIO S.A. con el PODER EJECUTIVO NACIONAL.</p> <p>4. Asistir en la coordinación y ejecución de las políticas y acciones y en las cuestiones administrativas que hacen al ejercicio de los derechos societarios de las participaciones accionarias o de capital de empresas donde el Estado Nacional sea socio minoritario y estén en proceso total de privatización e instruir a los representantes del Estado Nacional en las citadas empresas.</p> <p>SECRETARIA DE FINANZAS</p> <p>SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO</p> <p>OBJETIVOS</p> <p>1. Participar en la formulación de los aspectos crediticios de la política financiera.</p> <p>2. Ejecutar las políticas y medidas relativas al financiamiento externo e interno de la REPUBLICA ARGENTINA, interviniendo en las negociaciones inherentes al tema con entes financieros nacionales, extranjeros, multilaterales, públicos y privados y asistir en la coordinación de las representaciones financieras en el exterior.</p> <p>3. Asistir al Secretario de Finanzas en la dirección y supervisión del sistema de crédito público y en la ejecución de las funciones de órgano responsable de los sistemas de administración financiera.</p> <p>4. Establecer las estimaciones y proyecciones presupuestarias del servicio de la deuda pública y supervisar su cumplimiento.</p> <p>5. Supervisar la organización de los sistemas de información sobre mercados de capitales y el registro del endeudamiento público.</p> <p>6. Ejecutar las políticas de administración de los activos financieros del Estado Nacional y asistir en los aspectos financieros de los fondos fiduciarios en los que éste sea parte.</p> <p>7. Ejecutar las acciones necesarias para coordinar la venta de los paquetes accionarios y otros activos financieros en poder del Estado Nacional.</p> <p>8. Asistir al Secretario de Finanzas en las acciones orientadas a preservar el crédito público.</p> <p>SECRETARIA DE HACIENDA</p> <p>SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO</p> <p>OBJETIVOS</p> <p>1. Coordinar las diversas etapas del proceso presupuestario de los organismos y entidades del Sector Público Nacional.</p> <p>2. Coordinar el desarrollo y aplicación del sistema de contabilidad gubernamental del Sector Público Nacional.</p> <p>3. Coordinar el sistema de administración de fondos del Sector Público Nacional.</p> <p>4. Coordinar la política salarial del Sector Público Nacional y la participación en el desarrollo de las negociaciones colectivas de trabajo del mismo.</p> <p>5. Desarrollar y coordinar la utilización del Sistema Integrado de Información Física y Financiera.</p> <p>6. Asistir en la coordinación de los aspectos contables e informativos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y el GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.</p> <p>7. Asistir a la SECRETARIA DE HACIENDA en los procesos de Reforma y Transformación del Estado.</p> <p>8. Proponer las políticas, normas y sistemas relativos a las contrataciones del Sector Público Nacional.</p> <p>9. Organizar, dirigir y fiscalizar el registro de los bienes físicos del Estado Nacional.</p> <p>10. Coordinar la aplicación del régimen de compensación de créditos y deudas entre el Sector Público Nacional y el Sector Privado, en el marco de las normas vigentes.</p> <p>SECRETARIA DE HACIENDA</p> <p>SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON PROVINCIAS</p> <p>OBJETIVOS</p> <p>1. Coordinar con las distintas dependencias del MINISTERIO DE ECONOMIA y de otros Ministerios, todos los aspectos relacionados con la programación económica regional.</p> <p>2. Proponer instrumentos de financiamiento apropiados para el apoyo del desarrollo regional.</p> <p>3. Coordinar la instrumentación de un banco único de datos económicos y sociales sobre provincias y economías regionales.</p> <p>4. Realizar estudios sobre economías regionales.</p> <p>5. Actuar como unidad ejecutora de proyectos orientados al desarrollo regional.</p> <p>6. Coordinar los aspectos fiscales, económicos y financieros y sus impactos sociales en la relación entre el GOBIERNO NACIONAL y los Sectores Públicos Provinciales y Municipales y diseñar y operar un sistema de información sobre la gestión financiera de las Provincias y Municipios que permita su integración a las cuentas nacionales.</p> <p>7. Efectuar la evaluación y seguimiento de los sistemas financieros de los Estados Provinciales, su infraestructura productiva, los procesos de privatizaciones y desregulación y en general todo lo atinente al examen y resolución de las cuestiones objeto de controversia en el campo económico, financiero y/o fiscal entre la Nación y las Provincias.</p> <p>8. Coordinar todo lo atinente a opciones de cooperación y asistencia nacional e internacional, bilaterales y multilaterales, disponibles para las provincias y municipios en apoyo de sus políticas y acciones fiscales, económicas y financieras.</p> <p>9. Celebrar convenios con las Provincias, Municipios y/u otras entidades para el desarrollo e implementación de los programas y acciones de su competencia.</p> <p>10. Ofrecer asistencia técnica a las provincias, en la formulación de programas de desarrollo regional.</p> <p>11. Participar con los organismos correspondientes en la instrumentación de lo vinculado con el régimen de coparticipación federal.</p> <p>12. Participar en el seguimiento y control de la aplicación de la normativa vigente en materia de coparticipación de impuestos o de regímenes especiales de transferencia de recursos nacionales a las provincias.</p> <p>13. Coordinar la evaluación de los programas de gasto social consolidado, su financiamiento y su impacto sobre la población.</p> <p>SECRETARIA DE INDUSTRIA</p> <p>SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA</p> <p>OBJETIVOS</p> <p>1. Intervenir y coordinar en todos los temas atinentes a los Objetivos de la SECRETARIA DE INDUSTRIA en lo que es materia de su competencia específica.</p> <p>2. Asistir en la definición de la política industrial y el diseño, financiamiento y utilización de los instrumentos para contribuir a promover el desarrollo y crecimiento de dicho sector.</p> <p>3. Intervenir en el análisis de la problemática de los diferentes sectores industriales.</p> <p>4. Asistir en las negociaciones del sector automotriz a nivel regional.</p> <p>5. Participar en las negociaciones de los procesos de integración de bloques comerciales en los que la REPUBLICA ARGENTINA sea parte.</p> <p>6. Intervenir en las políticas relacionadas con la preservación del medio ambiente, formuladas por el Gobierno Nacional.</p> <p>7. Promover la articulación tecnológicoindustrial nacional.</p> <p>8. Asistir y asesorar en todo lo relacionado con las acciones que ejecuta la SECRETARIA DE INDUSTRIA respecto del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI) y del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI).</p> <p>SECRETARIA DE INDUSTRIA</p> <p>SUBSECRETARIA DE DESARROLLO PRODUCTIVO</p> <p>OBJETIVOS</p> <p>1. Coordinar la realización de estudios y análisis sectoriales que sirvan de base para el diseño y aplicación de las políticas industriales de la SECRETARIA DE INDUSTRIA.</p> <p>2. Monitorear y evaluar los distintos programas y políticas de la Secretaría, analizando su impacto y emitiendo informes con recomendaciones.</p> <p>3. Diseñar e implementar nuevos programas que permitan mejorar la competitividad del sector productivo nacional.</p> <p>4. Coordinar la realización de estudios regionales a los fines de impulsar medidas de mejora de la competitividad</p> <p>SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION</p> <p>SUBSECRETARIA DE PRODUCCION Y ALIMENTOS</p> <p>OBJETIVOS</p> <p>1. Asistir en la ejecución de planes, programas y políticas de producción, comercialización, tecnología, calidad y sanidad en materia agropecuaria, forestal y de la caza, procurando la sostenibilidad de los recursos naturales.</p> <p>2. Coordinar el estudio de los distintos factores que afectan el desarrollo de la cadena agroalimentaria, evaluar sus tendencias, tanto en el país como en el exterior, proponiendo aquellas medidas de carácter global o sectorial, que posibiliten impulsar el desarrollo de dicha actividad.</p> <p>3. Efectuar la propuesta y coordinar la ejecución de políticas de desarrollo, promoción y calidad de productos, industrializados o no, para consumo alimentario, de origen animal y/o vegetal.</p> <p>4. Asistir en la promoción y desarrollo de la actividad hípica, tanto en el país como para el conocimiento de la producción en el exterior; así como también en el control de la aplicación de la normativa que rige dicha actividad.</p> <p>5 Asistir al Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación en la coordinación de las relaciones entre los organismos descentralizados, en especial el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA (INTA), el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) y el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV) y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.</p> <p>SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION</p> <p>SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA</p> <p>OBJETIVOS</p> <p>1. Efectuar la propuesta y coordinar la ejecución de políticas de fomento y regulación de la pesca y acuicultura, así como también la industrialización, comercialización y transporte de sus productos.</p> <p>2. Asistir al Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación en la promoción de la utilización y conservación de los recursos pesqueros destinados a la producción.</p> <p>3. Proponer y ejecutar medidas tendientes a aumentar la productividad e incrementar las exportaciones con valor agregado, sin afectar la conservación de los recursos.</p> <p>4. Cocrdinar la celebración de acuerdos bilaterales y/o multilaterales que permitan una mejor administración, conservación y ordenamiento de los recursos, incluyendo los de alta mar y asistir al Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación en las negociaciones internacionales en las que se traten temas de interés para la actividad.</p> <p>5. Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación en la coordinación de la relación entre el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP) y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.</p> <p>SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION</p> <p>SUBSECRETARIA DE ECONOMIA AGROPECUARIA Y REGIONAL</p> <p>OBJETIVOS</p> <p>1. Asistir en todos los temas vinculados al relacionamiento externo de la SECRETARIA DE AGRICULTURA,GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, tanto bilateral como multilateral, participando en los procesos de integración regional, especialmente en los distintos Grupos de Trabajo del MERCOSUR y el ALCA.</p> <p>2. Coordinar el estudio de los distintos factores económicos que afectan el desarrollo de las actividades agropecuarias, forestales, pesqueras y acuícolas.</p> <p>3. Efectuar propuestas de políticas impositiva, financiera, arancelaria y de ocupación de mano de obra para las actividades agropecuarias, forestales, pesqueras y acuícolas.</p> <p>4. Realizar la propuesta y coordinar la ejecución de las políticas de comercialización, regulación y fiscalización de la producción agroalimentaria, asistiendo en el seguimiento de los mercados agropecuarios y agroindustriales, así como en las negociaciones internacionales, comerciales y sanitarias de estos rubros.</p> <p>5. Asistir y coordinar las actividades de cooperación técnica internacional y de financiamiento externo.</p> <p>6. Proponer y coordinar la ejecución de las actividades destinadas a la elaboración de políticas de desarrollo regional, sectorial y rural.</p> <p>7. Supervisar la realización de investigaciones aplicadas en el campo de la economía agropecuaria.</p> <p>8. Asistir al Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación en su relación con los Gobiernos Provinciales en materia de producción y servicios agropecuarios y forestales.</p> <p>9. Asistir al Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación en el seguimiento de las actividades de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.</p> <p>SECRETARIA DE COMERCIO</p> <p>SUBSECRETARIA DE POLITICA COMERCIAL</p> <p>OBJETIVOS</p> <p>1. Coordinar la elaboración y propuesta de políticas, proyectos y programas vinculados con las negociaciones comerciales internacionales, que permitan lograr el objetivo de aumentar los volúmenes y valores del comercio exterior.</p> <p>2. Elaborar y proponer políticas y lineamientos estratégicos en los temas incluidos en las agendas de negociación de la Organización Mundial de Comercio (OMC) como también, en las negociaciones regionales en el ámbito del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), del Area de Libre Comercio de las Américas (ALCA) y de otras negociaciones bilaterales y regionales.</p> <p>3. Coordinar acciones tendientes a lograr una mayor participación del sector privado productivo y de las Universidades y Centros de Investigación, en la definición de los intereses nacionales, en lo que se refiera a su competencia específica.</p> <p>SECRETARIA DE COMERCIO</p> <p>SUBSECRETARIA DE GESTION COMERCIAL EXTERNA</p> <p>OBJETIVOS</p> <p>1. Coordinar la administración eficiente de los instrumentos de política comercial referentes a las importaciones, exportaciones, competencia desleal, zonas francas y reglas de origen y calidad.</p> <p>2. Coordinar la atención de los requerimientos del sector privado en lo referente a la interpretación de las normas pertinentes al comercio exterior y asegurar el acceso del mismo a la información disponible sobre temas vinculados a las transacciones comerciales.</p> <p>SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA</p> <p>SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL</p> <p>OBJETIVOS</p> <p>1. Coordinar las actividades prejudiciales tendientes al recupero de crédito a favor del Tesoro Nacional.</p> <p>2. Coordinar la aplicación de los programas tendientes a la administración y liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes de las empresas o entidades que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen de operar por cualquier causa.</p> <p>3. Coordinar la aplicación del régimen de compensación de créditos y deudas entre el Sector Público Nacional y el Sector Privado, en el marco de las normas vigentes.</p> <p>4. Asistir en la dirección y la unificación de la representación de todos los organismos y empresas del ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA, cuando correspondiere, en los procedimientos regidos por la Ley N° 24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los pasivos del Sector Privado de los que resulte acreedor el Sector Público Nacional.</p> <p>5. Ejecutar las acciones vinculadas a los procesos de reconversión empresaria y el saneamiento de sus pasivos respecto del Estado Nacional, en lo que es materia de su competencia.</p> <p>6. Asistir en la coordinación de las relaciones entre la CASA DE MONEDA S.E., la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.</p> <p>SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA</p> <p>SUBSECRETARIA LEGAL</p> <p>OBJETIVOS</p> <p>1. Coordinar el servicio jurídico, intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la jurisdicción y supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a los organismos descentralizados.</p> <p>2. Ordenar la instrucción de los sumarios administrativodisciplinarios.</p> <p>SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA</p> <p>SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION</p> <p>OBJETIVOS</p> <p>1. Asistir en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.</p> <p>2. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.</p> <p>3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los Objetivos y metas previstos.</p> <p>4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que presta servicio y de las entidades descentralizadas dependientes así como la planificación de las actividades de administración.</p> <p>5. Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos e informáticos.</p> <p>6. Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa, determinando para cada trámite las unidades con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.</p> <p>7. Entender en la administración de los espacios físicos de la jurisdicción ministerial.</p> <hr> <p class="titulo_seccion">FIRMANTES</p> <p>- DE LA RUA. - Chrystian G. Colombo. - Domingo F. Cavallo. - Carlos M. Bastos.</p>