Decreto Nº 518/1998

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<h1 class="titulo_documento">Decreto Nº 518/1998</h1> <h1 class="titulo_documento">IMPUESTOS SOBRE LOS COMBUSTIBLES LIQUIDOS Y EL GAS NATURAL</h1> <p class="estado_norma">Estado de la Norma: Vigente</p> <hr> <p class="titulo_seccion">DATOS DE PUBLICACIÓN</p> <p>Fecha de Emisión: 13 de Mayo de 1998</p> <p>Boletín Oficial: 18 de Mayo de 1998</p> <p>Boletín AFIP Nº 11, Junio de 1998, página 965 </p> <p class="titulo_seccion">ASUNTO</p> <p>DECRETO N° 518/1998 - Apruébase el texto ordenado de la Ley N° 23.966, Título III.</p> <p>Cantidad de Artículos: 3</p> <p>Entrada en vigencia establecida por el articulo 2</p> <hr> <p>IMPUESTO SOBRE LOS COMBUSTIBLES LIQUIDOS Y EL GAS NATURAL:REGIMEN JURIDICO</p> <p>VISTO el Título III de la Ley N° 23.966 de Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural y sus modificaciones, y</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul><li>Ley Nº 23966<span class="acotacion_modificatoria"> (IMPUESTOS SOBRE LOS COMBUSTIBLES LIQUIDOS Y EL GAS NATURAL)</span> </li></ul> <p>Que resulta necesario aprobar el texto ordenado de las normas aludidas, a fin de facilitar su consulta y evitar confusiones en su aplicación.</p> <p>Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.</p> <p>Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 1° de la Ley N° 20.004.</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul><li>Ley Nº 20004<span class="acotacion_modificatoria"> Articulo Nº 1</span> </li></ul> <p>Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA</p> <p>DECRETA:</p> <hr> <p>ARTICULO 1° - Apruébase el texto ordenado del Título III de la Ley N° 23.966 de Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural y sus modificaciones, de acuerdo al ordenamiento que, como Anexo I, integra el presente decreto.</p> <p>El citado texto ordenado, elaborado según el índice agregado como Anexo II, se denominará "Ley N° 23.966, Título III de Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural, texto ordenado en 1998".</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul><li>Ley Nº 23966<span class="acotacion_modificatoria"> (Título III)</span> </li></ul> <p class="titulo_referencias">Textos Relacionados:</p> <ul> <li>Ley Nº 23966 (T.O. 1998)</li> </ul> <p>ARTICULO 2° - Las disposiciones de la ley cuyo texto se ordena por el presente decreto, tendrán la vigencia que en cada caso indican las normas que la conforman.</p> <p>ARTICULO 3° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.</p> <hr> <p>Ley Nº 23966 (T.O. 1998)<span class="acotacion_modificatoria"> (Texto ordenado en 1998)</span></p> <hr> <p class="titulo_seccion">FIRMANTES</p> <p>MENEM - JORGE A. RODRIGUEZ - ROQUE B. FERNANDEZ - RAUL E. GRANILLO OCAMPO</p>