Ley Nº 23271

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<h1 class="titulo_documento">Ley Nº 23271</h1> <p>27 de Septiembre de 1985</p> <h1 class="titulo_documento">SECRETO BANCARIO</h1> <p class="estado_norma">Estado de la Norma: Vigente</p> <hr> <p class="titulo_seccion">DATOS DE PUBLICACIÓN</p> <p>Boletín Oficial: 21 de Octubre de 1985</p> <p class="titulo_seccion">ASUNTO</p> <p>LEY N° 23.271 - Inaplicabilidad del secreto bancario a informaciones solicitadas con la Dirección General Impositiva a bancos y entidades financieras.</p> <p>Cantidad de Artículos: 3</p> <hr> <p>BANCOS-ENTIDADES FINANCIERAS-DEPOSITO-SECRETO BANCARIO-DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA</p> <p>El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:</p> <p>SANCIONA:</p> <hr> <p>ARTICULO 1° - El secreto establecido en el Título V de la Ley N° 21.526 y en los artículos 8, 46 y 48 de la Ley N° 17.811 no regirá para las informaciones que, en cumplimiento de sus funciones legales solicite la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA a cualquiera de las entidades o sujetos comprendidos en los regímenes de las citadas leyes y sus modificaciones. Estas informaciones podrán ser de caracter particular o general y referirse a uno o varios sujetos determinados o no, aún cuando el o los mismos no se encuentren bajo fiscalización. En materia bursátil, las informaciones requeridas no pueden referirse a operaciones en curso de realización o pendientes de liquidación.</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul> <li>Ley Nº 21526<span class="acotacion_modificatoria"> (LEY DE ENTIDADES FINANCIERAS.)</span> </li> <li>Ley Nº 17811<span class="acotacion_modificatoria"> Articulo Nº 8 (COMISION NACIONAL DE VALORES.)</span> </li> <li>Ley Nº 17811<span class="acotacion_modificatoria"> Articulo Nº 46 (COMISION NACIONAL DE VALORES.)</span> </li> <li>Ley Nº 17811<span class="acotacion_modificatoria"> Articulo Nº 48 (COMISION NACIONAL DE VALORES.)</span> </li> </ul> <p>ARTICULO 2° - Las disposiciones de la presente ley tienen carácter de orden público.</p> <p>ARTICULO 3° - Comuníquese al PODER EJECUTIVO. - PUGLIESE - OTERO - Bravo - Macris.</p> <hr> <p class="titulo_seccion">FIRMANTES</p> <p>PUGLIESE - OTERO - Bravo - Macris.</p>