Circular Nº 1252/1991

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<h1 class="titulo_documento">Circular Nº 1252/1991</h1> <p>10 de Mayo de 1991</p> <p class="estado_norma">Estado de la Norma: Vigente</p> <hr> <p class="titulo_seccion">DATOS DE PUBLICACIÓN</p> <p>Boletín Oficial: 14 de Mayo de 1991</p> <p>Boletín DGI Nº 450, 01 de Junio de 1991, página 499 </p> <p class="titulo_seccion">ASUNTO</p> <p>PROCEDIMIENTO. Opción artículo 12, inciso a), in fine, de la Ley N° 23.871. Ejercicios cerrados en diciembre de 1990. Resolución General N° 3.261, su aplicación.</p> <p class="titulo_referencias">Normas Vinculadas:</p> <ul><li>Ley Nº 11683 (T.O. 1978)<span class="acotacion_modificatoria"> Articulo Nº 34 (LEY DE PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO.)</span> </li></ul> <hr> <p class="titulo_seccion">TEXTO</p> <p>Aquellos contribuyentes que opten por la actualización prevista en el artículo 34 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones, en tanto ésta resulte procedente, deberán efectuar la cobertura del F. 500/B conforme a las disposiciones de la Resolución General N° 3.261, y efectuar la presentación de la nota exigida por dicha norma.</p> <p>Lo dispuesto precedentemente será de aplicación para los ejercicios fiscales cerrados durante el curso del mes de diciembre de 1990 y para el ano fiscal 1990 en el caso de personas físicas y sucesiones indivisas.</p> <p>El cálculo de las actualizaciones que se efectúen de acuerdo al artículo 34 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones, tendrá como finalización del período el día l° de abril de 1991, conforme a lo previsto en la Ley N° 23.928 y el Decreto N° 529/91.</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul> <li>Resolución General Nº 3261/1990</li> <li>Ley Nº 23928<span class="acotacion_modificatoria"> (LEY DE CONVERTIBILIDAD DEL AUSTRAL.)</span> </li> <li>Decreto Nº 529/1991<span class="acotacion_modificatoria"> (DECRETO REGLAMENTARIO DE LA LEY DE CONVERTIBILIDAD DEL AUSTRAL.)</span> </li> </ul> <hr> <p class="titulo_seccion">FIRMANTES</p> <p>Lic. Ricardo Cossio Director General</p>