Circular Nº 1293/1993
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Circular Nº 1293/1993
20 de Julio de 1993
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 22 de Julio de 1993
Boletín DGI Nº 477, 01 de Septiembre de 1993, página 1008
ASUNTO
PROCEDIMIENTO. Decreto N° 1164/93. Plan de Facilidades de Pago. Formularios de declaración jurada Nros. 455 (nuevo modelo) 455/3 y 455/4; 542, 542/1, 542/2, 542/3, 542/4 y 543. Su adecuación.
Normas Vinculadas:
- Resolución General Nº 3696/1993 Articulo Nº 15 (inciso b))
TEXTO
Atento el dictado del Decreto N° 1164, de fecha 4 de junio de 1993, por el cual se establece un plan de facilidades de pago para los contribuyentes y responsables por deudas impositivas y por los recursos de la Seguridad Social y que este Organismo reglamentó a través de la Resolución General N° 3.696, aclárase que el monto mínimo a que se refiere el inciso b) del artículo 15 de la misma, corresponde a la sumatoria de los importes de cada una de las cuotas -iguales en cada plan que se solicite-, que se determinen en los F. Nros. 455/3, 455/4 y/o 542, según corresponda.
Asimismo, resulta conveniente adecuar los formularios de declaración jurada vigentes para las deudas emergentes de las obligaciones mencionadas en el párrafo anterior, en la forma que a continuación se indica:
1. Formularios de declaración jurada Nros. 455 (nuevo modelo) 455/3 y 455/4.
1.1. Debajo de la leyenda "Plan de Facilidades de Pago", deberá decir "Decreto N° 1164/93".
1.2. Se consignará en el ángulo superior derecho "Fecha de Consolidación
2.Formularios de declaración jurada Nros. 455/3 y 455/4.
Sustituir el texto del Rubro 2 inciso b) por "Cantidad de cuotas que se proponen, las que no podrán exceder de sesenta (60)".
3.Formularios de declaración jurada Nros. 542, 542/1. 542/2, 542/3 y 542/4.
3.1. Debajo de la leyenda "Plan de Facilidades de Pago", deberá decir "Decreto N° 1164/93".
3.2. Se consignará en el ángulo superior derecho "Fecha de Consolidación"
4.Formulario de declaración jurada N° 542.
4.1. Rubro 2 inciso b):
En lugar de "treinta (30)" deberá decir "sesenta (60)".
4.2. Rubro 3:
4.2.1. En lugar de "ABRIL Y MAYO DE 1993" deberá decir "LA PRIMER CUOTA".
4.2.2. No cubrir la columna correspondiente a "PERIODO".
5.Formularios de declaración jurada Nros. 542/1, 542/2 y 542/3.
En lugar de "Liquidación Res. S.I.P. 39/93 al 02/07/93" deberá decir "Liquidación Res. S.I.P. 39/93".
6.Formulario de declaración jurada N° 543.
Idem punto 3.1.
Idem punto 4.1.
INSTRUCCIONES:
1. Formulario de declaración jurada N° 542.
Sustituir el texto del Rubro 3 por "Se consignarán los datos requeridos correspondientes al pago de la primera cuota del Plan de Facilidades".
2. Formulario de declaración jurada N° 542/1.
Sustituir el texto del punto 2.6.1. del apartado 2.6., por el siguiente:
"Coeficiente = cantidad de días x 0,001
Donde la cantidad de días resultará de computar los que median entre el 1/4/93, inclusive, o la fecha de vencimiento o pago, si fuera posterior, hasta la fecha de consolidación".
3. Formulario de declaración jurada N° 542/2.
Sustituir el texto del punto 2.6.1. del apartado 2.6., por el siguiente:
"Coeficiente = cantidad de días x 0,001
Donde la cantidad de días resultará de computar los que median entre el 1/4/93, inclusive, o la fecha de liquidación del acta o pago, si fuera posterior, hasta la fecha de consolidación".
4. Formulario de declaración jurada N° 542/3.
Sustituir el texto del punto 2.8.3. del apartado 2.8. por el siguiente:
"Coeficiente = cantidad de días x 0,0015
Donde la cantidad de días resultará de computar los que median entre el 1/4/93, inclusive, o la fecha de promoción de demanda o presentación en Concurso o Auto de Quiebra, si fuera posterior, hasta la fecha de consolidación".
5. Formulario de declaración jurada N° 543.
Sustituir en los puntos 8 y 9 del Rubro 1 la expresión "... al 02/07/93 ..." por "... a la fecha de consolidación..."
Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Referencias Normativas:
- Decreto Nº 1164/1993 (PLAN DE FACILIDADES PARA CONTRIBUYENTES Y RESPONSABLES POR OBLIGACIONES IMPOSITIVAS)
FIRMANTES
Lic. Ricardo Cossio Director General