Circular Nº 1311/1991
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Circular Nº 1311/1991
12 de Mayo de 1991
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 16 de Mayo de 1993
Boletín DGI Nº 486, 01 de Junio de 1994, página 694
ASUNTO
IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES NO INCORPORADOS AL PROCESO ECONOMICO. Ley N° 23966, Título VI. Exenciones. Artículo 21, incisos f) e i)
Normas Vinculadas:
- Ley Nº 23966 Articulo Nº 21 (incisos f) e i))
TEXTO
Aclárase que la derogación de impuesto sobre los activos dispuesta por los Decretos Nros. 1684, 1802 y 2078, de fechas 12 de agosto, 26 de agosto y 8 de octubre de 1993, respectivamente, no altera los alcances de las exenciones establecidas por los incisos f) e i) del artículo 21 de la Ley N° 23.966, a los efectos de la determinación del impuesto sobre los bienes personales no incorporados al proceso económico.
En consecuencia, las exenciones mencionadas mantienen plena vigencia sin perjuicio de la derogación referida respecto del impuesto sobre los activos.
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Referencias Normativas:
- Decreto Nº 1684/1993 (MODIFICACION DE LEYES IMPOSITIVAS)
- Decreto Nº 1802/1993 (MODIFICACION DE LEYES IMPOSITIVAS. DEROGACION DEL IMPUESTO SOBRE LOS ACTIVOS)
- Decreto Nº 2078/1993
FIRMANTES
Lic. Ricardo Cossio Director General