Circular Nº 1324/1994

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<h1 class="titulo_documento">Circular Nº 1324/1994</h1> <p>17 de Noviembre de 1994</p> <p class="estado_norma">Estado de la Norma: Vigente</p> <hr> <p class="titulo_seccion">DATOS DE PUBLICACIÓN</p> <p>Boletín Oficial: 18 de Noviembre de 1994</p> <p>Boletín DGI Nº 492, 01 de Diciembre de 1994, página 1431 </p> <p class="titulo_seccion">ASUNTO</p> <p>PROCEDIMIENTO. REGIMENES NACIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y DE OBRAS SOCIALES. Resolución General N° 3.834 y sus modificaciones. Norma aclaratoria.</p> <p class="titulo_referencias">Normas Vinculadas:</p> <ul> <li>Resolución General Nº 3834/1999<span class="acotacion_modificatoria"> (Capítulo I)</span> </li> <li>Resolución General Nº 3834/1999<span class="acotacion_modificatoria"> Articulo Nº 6</span> </li> </ul> <hr> <p class="titulo_seccion">TEXTO</p> <p>Conforme a las condiciones regladas en el Capítulo I de la Resolución General N° 3.834 y sus modificaciones, se aclara que el cumplimiento de la obligación de presentación de los "diskettes" y la declaración jurada F. N° 902, que dispone el artículo 6° de la citada norma, debe efectuarse exclusivamente mediante concurrencia a las dependencias que correspondan, según prevé el artículo 7° de la misma.</p> <p>Consecuentemente, no serán admitidas las presentaciones que se efectúen mediante envío postal u otra forma indirecta de remisión.</p> <p>Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.</p> <hr> <p class="titulo_seccion">FIRMANTES</p> <p>Ricardo Cossio. Director General.</p>