Circular Nº 1354/1996
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Circular Nº 1354/1996
30 de Diciembre de 1996
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 03 de Enero de 1997
Boletín DGI Nº 518, 01 de Febrero de 1997, página 248
ASUNTO
IMPUESTO A LAS GANANCIAS. Administración Pública Nacional. Decreto N° 1.085/96. Reducciones salariales. Decreto N° 290/95. Resolución General N° 4.254, artículo 5°. Su alcance.
Normas Vinculadas:
- Resolución General Nº 4254/1996 Articulo Nº 5
TEXTO
Aclárase que lo dispuesto en el artículo 5° de la Resolución General N° 4 254, no es de aplicación respecto de la ganancia bruta referida en el mismo que se encuentre integrada por remuneraciones de cualquier naturaleza, abonadas por los Organismos comprendidos en el articulo 1° del Decreto N° 290 del 27 de febrero de 1995.
En consecuencia, los citados Organismos aplicarán en su carácter de agentes de retención del impuesto a las ganancias, la proporción referida en el citado articulo 5°, únicamente respecto de aquellas remuneraciones abonadas por otras personas o entidades distintas de ellos.
Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Referencias Normativas:
- Decreto Nº 290/1995 Articulo Nº 1 (DECRETO DE NECESIDAD DE URGENCIA. REDUCCION DEL GASTO PUBLICO)
FIRMANTES
Jorge E. Sandullo. Subdirector General.