Circular Nº 1356/1997
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Circular Nº 1356/1997
17 de Marzo de 1997
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 19 de Marzo de 1997
Boletín DGI Nº 520, 01 de Abril de 1997, página 694
ASUNTO
IMPUESTO A LAS GANANCIAS. Rentas del trabajo personal en relación de dependencia,jubilaciones, pensiones y otras. Régimen de retención. Resolución General N° 4.139 y sus modificaciones. Resolución General N° 4.292. Norma aclaratoria.
Normas Vinculadas:
- Resolución General Nº 4139/1997 Articulo Nº 18 (Segundo párrafo)
- Resolución General Nº 4292/1997
TEXTO
Aclárase que la obligación de conservar en archivo las liquidaciones de los beneficiarios que hubieran sido pasibles de las retenciones, a que se refiere el segundo párrafo del artículo 18 de la Resolución General N ° 4.139, en su texto modificado por la Resolución General N°4.292, podrá ser cumplida por el agente de retención no sólo mediante la conservación de copias de los facsímiles o planillados a que se refiere dicho artículo, sino también mediante la utilización de soportes magnéticos.
En este último supuesto, los soportes magnéticos deberán permitir al agente de retención la impresión de los facsímiles o planillados en las condiciones establecidas en el artículo indicado en el párrafo anterior, en cualquier momento en que esta Dirección General Impositiva lo solicite.
Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
FIRMANTES
Jorge E. Sandullo Subdirector General