Circular Nº 1360/1997
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Circular Nº 1360/1997
12 de Mayo de 1997
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 14 de Mayo de 1997
Boletín DGI Nº 522, 01 de Junio de 1997, página 1042
ASUNTO
IMPUESTO A LAS GANANCIAS. Administración Pública Nacional. Decreto N° 216/97. Reducciones Salariales, artículo 5° del Decreto N° 290/95. Extensión del Decreto N° 1.085/96 al personal contratado.
Normas Vinculadas:
- Decreto Nº 216/1997 (ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL. REDUCCION SALARIAL DEL PERSONAL CONTRATADO)
TEXTO
Atento a consultas formuladas se aclara que lo dispuesto en el Decreto N° 216 del 12 de marzo de 1997 -respecto del cómputo como pago a cuenta del impuesto a las ganancias de los importes resultantes de las reducciones en las retribuciones al personal contratado comprendido en el articulo 5° del Decreto N° 290 del 27 de febrero de 1995-, debe ser considerado a los fines del régimen de retención establecido por la Resolución General N° 2.784, sus complementarias y modificatorias.
A dicho efecto, los agentes de retención entregarán el comprobante previsto en el artículo 22 de la citada resolución general, en el que se consigne el importe del pago a cuenta correspondiente y, en su caso, la diferencia resultante como importe de la retención a ingresar.
En consecuencia, el importe correspondiente a la retención, que efectivamente se ingrese, deberá informarse conforme a lo previsto en la Resolución General N° 4.110, sus modificatorias y complementaria.
Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Referencias Normativas:
- Decreto Nº 290/1995 Articulo Nº 5 (DECRETO DE NECESIDAD DE URGENCIA. REDUCCION DEL GASTO PUBLICO)
- Resolución General Nº 2784/1988 Articulo Nº 22
- Resolución General Nº 4110/1996
FIRMANTES
Carlos A. Silvani. Director General.