Circular Nº 1362/1997

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<h1 class="titulo_documento">Circular Nº 1362/1997</h1> <p>11 de Julio de 1997</p> <p class="estado_norma">Estado de la Norma: Vigente</p> <hr> <p class="titulo_seccion">DATOS DE PUBLICACIÓN</p> <p>Boletín Oficial: 15 de Julio de 1997</p> <p>Boletín DGI Nº 1, Agosto de 1997, página 74 </p> <p class="titulo_seccion">ASUNTO</p> <p>RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Transferencia del Sistema de Previsión Social de los Estados Provinciales. Exclusión de aportes y contribuciones dispuestos por la Ley N° 19.032 y sus modificaciones. Determinación e ingreso de las obligaciones.</p> <p class="titulo_referencias">Normas Vinculadas:</p> <ul><li>Ley Nº 19032</li></ul> <hr> <p class="titulo_seccion">TEXTO</p> <p>Conforme a las consultas formuladas respecto de la determinación e ingreso de los recursos de la Seguridad Social, por parte de los Estados Provinciales que hubieran suscripto convenios de transferencia del sistema de previsión social al Estado Nacional, en cuyas cláusulas se disponga la exención del aporte previsto en la Ley N° 19.032 y sus modificaciones y la exclusión de ingresar la contribución patronal establecida en la mencionada ley, se aclara que sólo corresponde el pago del importe neto que resulta de detraer del monto determinado en la respectiva declaración jurada (F. 902) -generada por el sistema informático DGI - SIJP. GENERACION DE DECLARACION JURADA"- la suma de los mencionados conceptos excluidos.</p> <p>Lo expuesto está contemplado en las definiciones contenidas en el sistema de captura de la referida declaración jurada, en el momento de su presentación, a los efectos de la determinación correcta de los saldos que deben cancelarse conforme al régimen de retención establecido por la Resolución General N° 4.207.</p> <p>Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivese.</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul><li>Resolución General Nº 4207/1996</li></ul> <hr> <p class="titulo_seccion">FIRMANTES</p> <p>Carlos A. Silvani. Director General.</p>