Decisión Administrativa Nº 101/1996
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Decisión Administrativa Nº 101/1996
01 de Abril de 1996
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Fecha de Emisión: 01 de Abril de 1996
Boletín Oficial: 15 de Abril de 1996
ASUNTO
Apruébase el Presupuesto Consolidado del Sector Público Nacional no Financiero correspondiente al ejercicio fiscal de 1996.
Cantidad de Artículos: 4
PRESUPUESTO NACIONAL-PRESUPUESTO ANUAL DE GASTOS
VISTO la Ley N° 24.156 de ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL y,
Referencias Normativas:
- Ley Nº 24156
Que el Artículo 55 de la citado Ley dispone que la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO preparará anualmente el presupuesto Consolidado del Sector Público Nacional.
Que dicho presupuesto consolidado debe brindar información sobre las transacciones netas que realiza el sector público nacional con el resto de la economía.
Que el citado artículo 55 determina que una vez aprobado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL el Presupuesto Consolidado del Sector Público Nacional deberá ser remitido para su conocimiento al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.
Que la medida propuesta se halla amparada en las disposiciones del Artículo 100 inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL y art. 55 -Ley 24.156-.
Referencias Normativas:
- Ley Nº 24156 Articulo Nº 55
- Constitución de 1994 Articulo Nº 100 (Inciso 1)
Por ello, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTICULO 1° - Apruébase el Presupuesto Consolidado del Sector Público Nacional no Financiero, correspondiente al ejercicio fiscal de 1996, que como anexo forma parte integrante a la presente decisión administrativa.
ARTICULO 2° - Establécese que la aprobación del mencionado Presupuesto Consolidado que se dispone por el artículo anterior no significa introducir modificaciones en los presupuestos de la Administración Nacional y de Empresas Públicas no Financieras, aprobados por las respectivas autoridades según las normas legales vigentes en la materia.
ARTICULO 3° - Dése cuenta al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.
ARTICULO 4° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
FIRMANTES
Eduardo Bauzá. - Domingo F. Cavallo.