Decisión Administrativa Nº 424/1996
Descarga el documento en version PDF
Decisión Administrativa Nº 424/1996
09 de Diciembre de 1996
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Fecha de Emisión: 09 de Diciembre de 1996
Boletín Oficial: 12 de Diciembre de 1996
ASUNTO
Suspéndense los procesos de selección de personal para la cobertura de cargos de planta permanente, en su ámbito.
Cantidad de Artículos: 3
ADMINISTRACION PUBLICA-COBERTURA DE VACANTES-PROCEDIMIENTOS DE SELECCION
VISTO, la Ley N° 24.629, los Decretos Nros. 558/96, 660/96, 852/96, 1231/96 y la Decisión Administrativa N° 259/96.
Referencias Normativas:
- Ley Nº 24629
- Decreto Nº 558/1996
- Decreto Nº 660/1996
- Decreto Nº 852/1996
- Decreto Nº 1231/1996
Que mediante la Decisión Administrativa N° 259/96 se suspendieron los procesos de selección de personal para la cobertura de vacantes en el ámbito de la Administración Pública Nacional.
Que dicha norma tenía una vigencia de sesenta (60) días, plazo que a la fecha se encuentra vencido.
Que la Reforma del Estado enmarcada en la Ley N° 24.629 se encuentra en pleno proceso de implementación por lo que resulta conveniente restringir la cobertura de cargos vacantes a aquellas jurisdicciones y entidades que tengan sus estructuras aprobadas.
Que, asimismo, debe garantizarse la aplicación estricta de lo normado en el Articulo 18° del Decreto N° 852/96.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 100, incisos 1 y 2 de la Constitución Nacional.
Referencias Normativas:
- Decisión Administrativa Nº 259/1996
- Ley Nº 24629
- Decreto Nº 852/1996
- Constitución de 1994 Articulo Nº 100 (CONSTITUCION NACIONAL)
Por ello, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTICULO 1° - Suspéndese, en todas las jurisdicciones y entidades a partir del dictado de la presente, los procesos de selección de personal para la cobertura de cargos de planta permanente en el ámbito de la Administración Pública Nacional, en el estado en que se encuentren, hasta tanto aprueben sus nuevas estructuras organizativas.
ARTICULO 2° - Las jurisdicciones y entidades que cuenten con la aprobación de sus estructuras organizativas deberán, previo a implementar la cobertura de cargos vacantes, remitir a la Unidad Ejecutora del Fondo de Reconversión Laboral del Sector Público Nacional los perfiles de los cargos vacantes a cubrir a los efectos previstos en el Artículo 18 del Decreto N° 852/96.
Referencias Normativas:
- Decreto Nº 852/1996
ARTICULO 3° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
FIRMANTES
Jorge A. Rodríguez - Carlos V. Corach