Decisión Administrativa Nº 76/1996

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<h1 class="titulo_documento">Decisión Administrativa Nº 76/1996</h1> <p>20 de Marzo de 1996</p> <p class="estado_norma">Estado de la Norma: Vigente</p> <hr> <p class="titulo_seccion">DATOS DE PUBLICACIÓN</p> <p>Fecha de Emisión: 20 de Marzo de 1996</p> <p>Boletín Oficial: 25 de Marzo de 1996</p> <p class="titulo_seccion">ASUNTO</p> <p>Modifícase la Decisión Administrativa 26/95, por la que se crea la Unidad Coordinadora del Programa de Reformas de Obras Sociales e Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.</p> <p>Cantidad de Artículos: 2</p> <hr> <p>OBRAS SOCIALES-ORGANISMOS INTERNACIONALES</p> <p>VISTO la Decisión Administrativa N° 26 del 20 de setiembre de 1995, y</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul><li>Decisión Administrativa Nº 26/1995</li></ul> <p>Que la Decisión Administrativa mencionada en el VISTO de la presente crea la Unidad Coordinadora del Programa de Reforma de Obras Sociales e INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS.</p> <p>Que la misma prevé en su artículo 3°, para la mencionada Unidad Coordinadora, DOS (2) Coordinadores de acuerdo con los temas sustantivos respectivos.</p> <p>Que en el marco del Programa de Reconversión de las Obras Sociales e INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS, se prevén TRES (3) subproyectos: a) Reconversión de Obras Sociales; b) Reconversión del INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS y c) Apoyo al Desarrollo de Políticas y Regulación.</p> <p>Que el Gobierno Argentino confirmó al BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF) que el objetivo principal del subproyecto "Apoyo al Desarrollo de Políticas y Regulación" es el estudio y desarrollo de un marco regulatorio y de mecanismos que permitan un ordenado y eficiente funcionamiento del sistema de financiamiento y cobertura de salud, que asegure la eficiente y completa provisión de servicios a todos los beneficiarios.</p> <p>Que el mencionado subproyecto tiene como actividades el estudio y desarrollo de un marco regulatorio para el proyecto, de un esquema de fortalecimiento de la entidad reguladora, la creación de un padrón de beneficiarios, el diseño e implantación de un programa de servicios garantizados y el perfeccionamiento del Fondo Solidario de Redistribución.</p> <p>Que resulta conveniente, por la envergadura del subproyecto en cuestión, crear una Coordinación especifica para el componente "Apoyo al Desarrollo de Políticas y Regulación".</p> <p>Que, por lo expuesto, resulta oportuno y conveniente modificar el artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 26/95.</p> <p>Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL ha tomado la intervención de su competencia.</p> <p>Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1) y 2) de la CONSTITUCION NACIONAL.</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul> <li>Decisión Administrativa Nº 26/1995<span class="acotacion_modificatoria"> Articulo Nº 3</span> </li> <li>Constitución de 1994<span class="acotacion_modificatoria"> Articulo Nº 100 (Incisos 1 y 2)</span> </li> </ul> <p>Por ello, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS</p> <p>DECIDE:</p> <hr> <p>ARTICULO 1° - Sustitúyese el texto del Artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 26/95, por el que se indica a continuación: "Artículo 3° - La Unidad Coordinadora creada por el artículo precedente, contará con TRES (3) Coordinadores. Cada Programa, quedando éstos definidos como: a) Subproyecto 1: Reconversión de Obras Sociales Nacionales: b) Subproyecto 2: Reconversión del INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS y c) Subproyecto 3: Apoyo al Desarrollo de Políticas y Regulación.</p> <p>La designación de los Coordinadores se realizará por Resolución del señor Secretario de Políticas de Salud y Regulación Sanitaria del MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL. Asimismo, la Unidad Coordinadora del Programa estará integrada por personal contratado según las normas convenidas con el organismo de financiamiento internacional que corresponda, haciendo uso de los fondos del crédito previsto para el Programa y adelantos financieros que otorgue el organismo de financiamiento Internacional."</p> <p class="titulo_referencias">Modifica a:</p> <ul> <li>Decisión Administrativa Nº 26/1995<span class="acotacion_modificatoria"> Articulo Nº 3</span> </li> </ul> <p>ARTICULO 2° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.</p> <hr> <p class="titulo_seccion">FIRMANTES</p> <p>Eduardo Bauzá. Alberto J. Mazza</p>