Decreto Nº 1122/2002
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Decreto Nº 1122/2002
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Fecha de Emisión: 27 de Junio de 2002
Boletín Oficial: 28 de Junio de 2002
ASUNTO
DECRETO N° 1122/2002 - Apruébase la contratación de personal en el marco del Decreto N° 1184/2001.
Cantidad de Artículos: 3
NOTA: Este Decreto se publica sin anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Capital Federal).ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL-EMPLEO PUBLICO-PERSONAL CONTRATADO-RETRIBUCION-PRESIDENCIA DE LA NACION-SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
VISTO el Expediente Nº S01:0165205/02 del Registro de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el artículo 47 de la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Nº 11.672 (t.o. 1999), la Ley Nº 24.629, la Ley Nº 25.565, la Decisión Administrativa Nº 19 de fecha 27 de marzo de 2002, el Decreto Nº 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 17 de fecha 16 de enero de 2002, la Resolución del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA E INFRAESTRUCTURA Nº 4 de fecha 28 de febrero de 2002, el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y su Decreto Reglamentario Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002, y
Referencias Normativas:
- Ley Nº 11672 (T.O. 1999) Articulo Nº 47 (LEY COMPLEMENTARIA DE PRESUPUESTO)
- Ley Nº 24629
- Ley Nº 25565
- Decisión Administrativa Nº 19/2002
- Decreto Nº 1184/2001
- Resolución Nº 17/2002
- Resolución Nº 4/2002
- Decreto Nº 491/2002
- Decreto Nº 601/2002
Que por medio del artículo 5º de la Ley Nº 24.629, se determinó que los contratos de locación de servicios que resulten indispensables para la cobertura de servicios esenciales, incluidos los de los entes descentralizados, deberán tener respaldo presupuestario y ser autorizados por Decreto del PODER EJECUTIVO NACIONAL, por Decisión Administrativa, o por Resolución del ente descentralizado, en la que constarán detalladamente los fundamentos de las contrataciones, sus respectivos montos y las obligaciones que generen.
Que por imperio del Decreto Nº 491/02 y su Decreto Reglamentario Nº 601/02, el PODER EJECUTIVO NACIONAL ejerce en el ámbito de su competencia, el control directo e inmediato de las designaciones, contrataciones, y determinados movimientos de personal.
Que a fin de fortalecer la labor que desarrolla la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de la PRESIDENCIA DE LA NACION amerita la aprobación de los contratos de locación de servicios suscriptos, "ad-referendum" del PODER EJECUTIVO NACIONAL, entre la citada Secretaría y los Ingenieros D. Luis Humberto Federico CARRAL (D.N.I. Nº 7.206.167) y D. Antonio Adelmo ROSSELLO (L.E. Nº 7.061.844), el Doctor D. Héctor Jorge CABODEVILLA (D.N.I. Nº 8.382.232) y los Licenciados D. Fernando Javier OBEZZI (D.N.I. Nº 21.439.669) y D. Pedro Rodolfo RIVAS (D.N.I. Nº 4.553.030), en el marco del Decreto Nº 1184/01.
Que dichas contrataciones se encuentran comprendidas en los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 20 - SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de la PRESIDENCIA DE LA NACION, aprobados por la Ley Nº 25.565, la Decisión Administrativa Nº 19/02, para el ejercicio 2002.
Que el artículo 6º del Decreto Nº 601/02 expresa que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular del Secretario Legal y Técnico de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002.
Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete según lo dispuesto por el artículo 2º de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 17/02.
Que la Coordinación de Contratos y Pasantías dependiente de la Dirección General de Recursos Humanos de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete según lo dispuesto por el artículo 3º de la Resolución del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA E INFRAESTRUCTURA Nº 4/02.
Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el Decreto Nº 491/02 y su Decreto Reglamentario Nº 601/02 y por el artículo 99, inciso 1 de la Constitución Nacional.
Referencias Normativas:
- Ley Nº 24629 Articulo Nº 5
- Decreto Nº 491/2002
- Decreto Nº 601/2002
- Decreto Nº 1184/2001
- Ley Nº 25565
- Decisión Administrativa Nº 19/2002
- Resolución Nº 17/2002
- Resolución Nº 4/2002
- Constitución de 1994 Articulo Nº 99
Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
ARTICULO 1° - Apruébase la contratación del personal que se detalla en el Anexo que integra el presente decreto, por el período, monto mensual, y con la función y rango indicados en el mismo, bajo el régimen del Decreto Nº 1184/01, en el marco de las contrataciones individuales de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Referencias Normativas:
- Decreto Nº 1184/2001
ARTICULO 2° - El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio.
ARTICULO 3° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
FIRMANTES
DUHALDE - Jorge R. Matzkin