Decreto Nº 1248/2001
Descarga el documento en version PDF
Decreto Nº 1248/2001
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Fecha de Emisión: 10 de Octubre de 2001
Boletín Oficial: 16 de Octubre de 2001
Boletín AFIP Nº 52, Noviembre de 2001, página 1789
ASUNTO
DECRETO 1248/2001 - Apruébase el texto ordenado de la Ley de Fomento de la Actividad Cinematográfica Nacional Nº 17.741 y sus modificatorias. Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales. Películas nacionales. Cuota de pantalla. Clasificación de las salas cinematográficas. Exhibición y distribución. Fondo de Fomento Cinematográfico. Subsidios. Crédito industrial. Cortometrajes. Prensa filmada. Comercialización en el exterior. Cinemateca nacional. Registro de empresas cinematográficas.
Cantidad de Artículos: 3
CINEMATOGRAFIA-INSTITUTO NACIONAL DE CINEMATOGRAFIA -PELICULAS NACIONALES-SALAS CINEMATOGRAFICAS-EMPRESA DISTRIBUIDORA -BOLETOS OFICIALES DE CINE-FONDO DE FOMENTO CINEMATOGRAFICO-ASISTENCIA FINANCIERA-SUBSIDIOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINEMATOGRAFIA-CORTOMETRAJES-CINEMATECA NACIONAL-REGISTRO DE EMPRESAS CINEMATOGRAFICAS:REGIMEN JURIDICO
VISTO el expediente Nº 00903/00 del INSTITUTO NACIONAL de CINE y ARTES AUDIOVISUALES y la Ley Nº 17.741, y
Referencias Normativas:
- Ley Nº 17741 (INSTITUTO NACIONAL DE CINEMATOGRAFIA)
Que la citada Ley Nº 17.741 ha sido sucesivamente modificada por las Leyes Nros. 20.170, 21.505 y 24.377. Que, por lo tanto, se considera necesario elaborar un texto ordenado de la mencionada Ley Nº 17.741, tomando como base el articulado de la misma y todas las modificaciones que le fueran introducidas.
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 20.004.
Referencias Normativas:
- Ley Nº 17741 (INSTITUTO NACIONAL DE CINEMATOGRAFIA)
- Ley Nº 20004
- Ley Nº 24377
Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
ARTICULO 1º - Apruébase el Ley Nº 17741 (T.O. 2001) (texto ordenado de la Ley de Fomento de la Actividad Cinematográfica Nacional Nº 17.741 y sus modificatorias) que como Anexo I forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 2º - El ordenamiento que conforma el citado Anexo I, elaborado según el índice que figura agregado como Anexo II, se denominará: "Ley Nº 17.741 (t.o. 2001)".
ARTICULO 3º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Ley Nº 17741 (T.O. 2001) (Ver texto)
FIRMANTES
DE LA RUA - Chrystian G. Colombo - Jorge E. De La Rúa