Decreto Nº 1324/2005

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<h1 class="titulo_documento">Decreto Nº 1324/2005</h1> <p class="estado_norma">Estado de la Norma: Vigente</p> <hr> <p class="titulo_seccion">DATOS DE PUBLICACIÓN</p> <p>Fecha de Emisión: 26 de Octubre de 2005</p> <p>Boletín Oficial: 28 de Octubre de 2005</p> <p class="titulo_seccion">ASUNTO</p> <p>ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS - Ratifícanse las designaciones y reincorporaciones; asignaciones de funciones y promociones de personal en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal temporario y contratado, efectuadas por la AFIP desde la vigencia del Decreto Nº 491/2002.</p> <p>Cantidad de Artículos: 2</p> <hr> <p>EMPLEO PUBLICO-EMPLEADOS PUBLICOS -PERSONAL ADSCRIPTO -AFIP-DESIGNACION -FUNCIONARIOS DE LA DGI</p> <p>VISTO el Expediente Nº 1-250699-2005 del Registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y los Decretos Nros. 1399 del 4 de noviembre de 2001, 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002 y 577 del 7 de agosto de 2003, y</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul> <li>Decreto Nº 1399/2001</li> <li>Decreto Nº 491/2001</li> <li>Decreto Nº 601/2002</li> <li>Decreto Nº 577/2003</li> </ul> <p>Que mediante el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública centralizada y descentralizada -en los términos del Artículo 2º del Decreto Nº 23 del 23 de diciembre de 2001- en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.</p> <p>Que por el Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002, se precisaron los alcances y se regularon los aspectos necesarios para el mejor cumplimiento de las previsiones contenidas en el Decreto Nº 491/02.</p> <p>Que de este modo, el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo sobre las decisiones señaladas, frente a la necesidad de profundizar los procesos ya iniciados en orden a lograr una mayor eficiencia en la gestión de la Administración Pública Nacional, asegurando una creciente transparencia en su accionar, sin afectar el normal funcionamiento de sus distintas áreas y dependencias.</p> <p>Que, posteriormente a través del Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003, se delegó en el señor Jefe de Gabinete de Ministros y en otras autoridades de gobierno la facultad de aprobar las contrataciones encuadradas en el Decreto Nº 491/02 y su reglamentación, determinándose las atribuciones conferidas en cada caso.</p> <p>Que si bien las precitadas normas comprenden a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la misma se vio en la imperiosa necesidad de dictar medidas comprendidas en los alcances de la referida normativa, en función de la flexibilidad, ejecutividad e inmediatez que exigen las acciones de administración y fiscalización que tiene a su cargo, las atribuciones y facultades propias del régimen de autarquía conferido por el Decreto Nº 1399/01, y el régimen de las Convenciones Colectivas de Trabajo que regulan la administración de recursos humanos en dicha Entidad.</p> <p>Que la especial importancia que revisten los aspectos relacionados con la recaudación de los tributos impositivos y de los recursos de la seguridad social, así como lo referente al control del comercio exterior frente a las demandas de la actual coyuntura económico-social, determinan la necesidad de ratificar las designaciones y reincorporaciones; asignaciones de funciones y promociones de personal en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal temporario y contratado, efectuadas por la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, desde la vigencia del Decreto Nº 491/02 hasta el presente a efectos de convalidar en conjunto todas las situaciones generadas a la fecha.</p> <p>Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.</p> <p>Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, y en función de lo dispuesto por el artículo 19 inciso a) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul> <li>Decreto Nº 491/2002</li> <li>Decreto Nº 23/2001<span class="acotacion_modificatoria"> Articulo Nº 2</span> </li> <li>Decreto Nº 601/2002</li> <li>Decreto Nº 577/2003</li> <li>Decreto Nº 1399/2001</li> <li>Constitución de 1994<span class="acotacion_modificatoria"> Articulo Nº 99</span> </li> <li>Ley Nº 19549<span class="acotacion_modificatoria"> Articulo Nº 19</span> </li> </ul> <p>Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA</p> <p>DECRETA:</p> <hr> <p>Artículo 1º - Ratifícanse las designaciones y reincorporaciones; asignaciones de funciones y promociones de personal en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal temporario y contratado, efectuadas por la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, desde la vigencia del Decreto Nº 491/02 y hasta la entrada en vigor del presente decreto, de conformidad con el detalle obrante en las planillas, que como Anexo I forma parte integrante del mismo.</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul><li>Decreto Nº 491/2002</li></ul> <p>Art. 2º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.</p> <hr> <hr> <p class="titulo_seccion">FIRMANTES</p> <p>KIRCHNER. - Alberto A. Fernández. - Roberto Lavagna.</p>