Decreto Nº 306/1995

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<h1 class="titulo_documento">Decreto Nº 306/1995</h1> <h1 class="titulo_documento">RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL</h1> <p class="estado_norma">Estado de la Norma: Vigente</p> <hr> <p class="titulo_seccion">DATOS DE PUBLICACIÓN</p> <p>Fecha de Emisión: 02 de Marzo de 1995</p> <p>Boletín Oficial: 02 de Marzo de 1995</p> <p class="titulo_seccion">ASUNTO</p> <p>LEY Nº 24.241 Y DECRETO Nº 2.609/93: EXTIENDESE SUS BENEFICIOS A LA TOTALIDAD DE LOS EMPLEADORES DEL PERSONAL DOMESTICO</p> <p>Cantidad de Artículos: 4</p> <p>Entrada en vigencia establecida por el articulo 3</p> <p>Fecha de Entrada en Vigencia: 02/03/1995</p> <hr> <p>-REDUCCION DE CONTRIBUCIONES PATRONALES -PACTO FEDERAL PARA EL EMPLEO, LA PRODUCCION Y EL CRECIMIENTO -SISTEMA UNICO DE LA SEGURIDAD SOCIAL-EMPLEADOR-OBRAS SOCIALES- -SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES -APORTES Y CONTRIBUCIONES PREVISIONALES-SEGURIDAD SOCIAL -SERVICIO DOMESTICO</p> <p>VISTO el Decreto N° 2.609 del 22 de diciembre de 1993, modificado por los Decretos N° 81 del 19 de enero de 1994, N° 385 del 16 de marzo de 1994 y N° 859 del 3 de junio de 1994, y</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul> <li>Decreto Nº 2609/1993</li> <li>Decreto Nº 81/1994</li> <li>Decreto Nº 385/1994</li> <li>Decreto Nº 859/1994</li> </ul> <p>Que mediante el Decreto N° 2.609/93 se dispone la disminución de las contribuciones a cargo de los empleadores sobre la nómina de salarios para ciertas actividades y de conformidad a porcentajes de reducción diferenciales para las distintas áreas y regiones del país.</p> <p>Que resulta aconsejable y conveniente extender los beneficios del régimen previsto en la citada norma legal a la totalidad de los empleadores de personal doméstico, a fin de fomentar su ocupación y facilitar la incorporación de este sector a la economía formal.</p> <p>Que el presente se dicta con sustento en las facultades conferidas al Poder Ejecutivo Nacional por el artículo 99, inciso 1 de la Constitución Nacional y por el artículo 188 de la Ley N° 24.241.</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul> <li>Decreto Nº 2609/1993</li> <li>Constitución de 1994<span class="acotacion_modificatoria"> Articulo Nº 99</span> </li> <li>Ley Nº 24241<span class="acotacion_modificatoria"> Articulo Nº 188</span> </li> </ul> <p>Por ello, El Presidente de la Nación Argentina</p> <p>DECRETA:</p> <hr> <p>ARTICULO 1º - Extiéndense los beneficios del Decreto N° 2.609 del 22 de diciembre de 1993 y sus modificatorios, a la totalidad de los empleadores de personal doméstico en los términos del Decreto-Ley N° 326 del 14 de enero de 1956, ratificado por la Ley N° 14.467.</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul> <li>Decreto Ley Nº 326/1956</li> <li>Ley Nº 14467</li> </ul> <p class="titulo_referencias">Textos Relacionados:</p> <ul> <li>Decreto Nº 2609/1993<span class="acotacion_modificatoria"> (Extensión de los beneficios a la totalidad del personal doméstico.)</span> </li> </ul> <p>ARTICULO 2º - La Dirección General lmpositiva dictará las normas complementarias necesarias para la aplicación del régimen.</p> <p>ARTICULO 3º - Lo dispuesto en el presente decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.</p> <p>ARTICULO 4º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivase.</p> <hr> <p class="titulo_seccion">FIRMANTES</p> <p>MENEM - DOMINGO F. CAVALLO - JOSE A. CARO FIGUEROA</p>