Decreto Nº 466/2000
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Decreto Nº 466/2000
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Fecha de Emisión: 09 de Junio de 2000
Boletín Oficial: 13 de Junio de 2000
Boletín AFIP Nº 36, Julio de 2000, página 1174
ASUNTO
PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO - Impuesto Sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural - Rectificación del artículo 18 del Decreto N° 434/2000.
Cantidad de Artículos: 2
PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO -IMPUESTO SOBRE LOS COMBUSTIBLES LIQUIDOS Y EL GAS NATURAL
VISTO el Decreto N° 434 de fecha 30 de mayo de 2000, y
Referencias Normativas:
- Decreto Nº 434/2000
Que en el artículo 18 del mencionado acto administrativo se consignó erróneamente la cita de los artículos 14 y 16 inciso b) del Decreto mencionado en el Visto, relativos a la reglamentación de los incisos c) y d) del artículo 7° de la Ley N° 23.966, Título III de Impuesto Sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1759/72 (t.o. 1991).
Referencias Normativas:
- Decreto Nº 434/2000 Articulo Nº 18
- Decreto Nº 434/2000 Articulo Nº 14
- Decreto Nº 434/2000 Articulo Nº 16
- Ley Nº 23966 (T.O. 1998) Articulo Nº 7 (Incisos c) y d).)
- Decreto Nº 1759/1972 Articulo Nº 101
Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
ARTICULO 1° - Rectifícase el artículo 18 del Decreto N° 434 de fecha 30 de mayo de 2000, aclarándose que donde dice "artículos 19 y 21 inciso b)" debe decir "artículos 14 y 16 inciso b)".
Modifica a:
- Decreto Nº 434/2000 Articulo Nº 18 (Expresión sustituida.)
ARTICULO 2° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
FIRMANTES
DE LA RUA - José L. Machinea.