Decreto Nº 562/1999

Descarga el documento en version PDF

<h1 class="titulo_documento">Decreto Nº 562/1999</h1> <p class="estado_norma">Estado de la Norma: Vigente</p> <hr> <p class="titulo_seccion">DATOS DE PUBLICACIÓN</p> <p>Fecha de Emisión: 24 de Mayo de 1999</p> <p>Boletín Oficial: 27 de Mayo de 1999</p> <p class="titulo_seccion">ASUNTO</p> <p>DECRETO N° 562/99 - Modificación del Decreto Nº 1533/98, en relación con las empresas de leasing comprendidas en el Título II de la Ley Nº 24.441, las que considerarán como base imponible del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta un determinado porcentaje del valor de sus activos gravados.</p> <p>Cantidad de Artículos: 3</p> <p>Entrada en vigencia establecida por el articulo 2</p> <hr> <p>MPUESTO A LA GANANCIA MINIMA PRESUNTA</p> <p>VISTO el Expediente Nº 080-000808/99 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, el Título V de la Ley Nº 25.063 mediante el cual se crea el Impuesto a la Ganancia Mínima presunta, el Decreto Nº 1533 del 24 de diciembre de 1998, y</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul> <li>Ley Nº 25063<span class="acotacion_modificatoria"> (IMPUESTO A LA GANANCIA MINIMA PRESUNTA)</span> </li> <li>Decreto Nº 1533/1998<span class="acotacion_modificatoria"> (DECRETO REGLAMENTARIO DEL IMPUESTO A LA GANANCIA MINIMA PRESUNTA)</span> </li> </ul> <p>Que el artículo 11 del texto aprobado por el Artículo 6º de la Ley Nº 25.063 establece que ciertos sujetos considerarán como base imponible el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta un porcentaje de sus activos gravados.</p> <p>Que el último párrafo del mencionado Artículo 11 faculta al PODER EJECUTIVO NACIONAL a otorgar un tratamiento similar en los porcentuales que considere adecuados, para las empresas de leasing comprendidas en la Ley Nº 24.441.</p> <p>Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.</p> <p>Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el Artículo 99, inciso 2, de la CONSTITUCION NACIONAL y en ejercicio de la facultad otorgada por el Artículo 11 del Título V de la Ley Nº 25.063.</p> <p class="titulo_referencias">Referencias Normativas:</p> <ul> <li>Ley Nº 25063<span class="acotacion_modificatoria"> Articulo Nº 11 (IMPUESTO A LA GANANCIA MINIMA PRESUNTA)</span> </li> <li>Ley Nº 24441</li> <li>Constitución de 1994<span class="acotacion_modificatoria"> Articulo Nº 99 (CONSTITUCION NACIONAL)</span> </li> </ul> <p>Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA</p> <p>DECRETA:</p> <hr> <p>ARTICULO 1" - Incorpórase a continuación del Artículo 11 del Decreto N" 1533 del 24 de diciembre de 1998, el siguiente:</p> <p>"ARTICULO... - Las empresas de leasing comprendidas en el Titulo II de la Ley N" 24.441 considerarán como base imponible del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, el VEINTE POR CIENTO (20%) del valor de sus activos gravados."</p> <p class="titulo_referencias">Incorpora a:</p> <ul> <li>Decreto Nº 1533/1998<span class="acotacion_modificatoria"> Articulo Nº 11 (Artículo incorporado a continuación del 11)</span> </li> </ul> <p>ARTICULO 2° - Las disposiciones del presente decreto entrarán en vigencia a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial, y surtirán efectos a partir de la entrada en vigencia del Título V de la Ley N° 25.063.</p> <p>ARTICULO 3° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.</p> <hr> <p class="titulo_seccion">FIRMANTES</p> <p>MENEM. Jorge A. Rodríguez. Roque B. Fernández</p>