Ley Nº 16774
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Ley Nº 16774
29 de Octubre de 1965
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 21 de Marzo de 1966
ASUNTO
LEY N° 16.774 - Exención de Impuestos a Clubes Deportivos en Construcciones de Instalaciones.
Cantidad de Artículos: 2
EXENCIONES IMPOSITIVAS-ENTIDADES DEPORTIVAS
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
SANCIONA:
ARTICULO 1° - Exímese al Club Atlético Boca Juniors de todos los impuestos y tasas nacionales que le correspondiera abonar con motivo de las construcciones que realice sobre la superficie que le fue cedida por ley N° 16.575. Igual tratamiento se acordará a aquellos clubes deportivos que, a la fecha de sanción de la presente o en lo futuro, efectúen obras de construcción, refacción o ampliación de estadios o instalaciones deportivas.
ARTICULO 2° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FIRMANTES
PERETTE - DEL FRANCO - Arancibia - Oliver