Ley Nº 20675
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Ley Nº 20675
05 de Junio de 1974
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 19 de Junio de 1974
ASUNTO
BENEFICIOS PROMOCIONALES A EMPRESAS DEL PAIS QUE PARTICIPEN EN OBRAS MULTINACIONALES.
Cantidad de Artículos: 3
PROMOCION INDUSTRIAL
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
SANCIONA:
ARTICULO 1° - Las empresas industriales de capital y con tecnología nacional que participen en el suministro de servicios o de productos manufacturados nuevos y sin uso, destinados a la construcción de obras multinacionales de las cuales nuestro país sea integrante, gozarán de los beneficios que el sistema de promoción vigente y sus eventuales modificaciones acuerda a las exportaciones de aquellos bienes y servicios.
ARTICULO 2° - Los beneficios que reconoce el artículo anterior no serán aplicables cuando en virtud de otras disposiciones, sean las que regulan la obra u otras de carácter general o particular, la elección para el suministro de los servicios o materiales haya de recaer necesariamente en alguno de los beneficiarios allí indicados o, en su caso, la opción pertinente deban efectuarla las autoridades de nuestro país, con carácter excluyente.
ARTICULO 3° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FIRMANTES
ALLENDE - LASTIRI - Cantoni - Lavia.