Ley Nº 20847
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Ley Nº 20847
28 de Septiembre de 1974
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 13 de Diciembre de 1974
ASUNTO
LEY N° 20.847 - Eximición de derechos aduaneros en la importación de material radioelectrico.
Cantidad de Artículos: 2
ARANCELES ADUANEROS-RADIODIFUSION-MATERIAL RADIOELECTRICO
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
SANCIONA:
ARTICULO 1° - Exímese de todo derecho aduanero, recargos, depósitos previos y de cualesquiera otros requisitos cambiarios, la importación de materiales radioeléctricos destinados a la instalación, montaje, reparaciones y/o funcionamiento de estaciones de emisión y recepción para radioaficionados y entidades debidamente reconocidas. Todas las franquicias a que se refiere esta ley se harán efectivas bajo las condiciones, requisitos y formalidades, inclusive comprobación de destino, que considere conveniente establecer el PODER EJECUTIVO.
El radioaficionado o entidad que viole las franquicias de la presente, será definitivamente eliminado del catálogo o registro correspondiente, sin perjuicio de las demás sanciones establecidas por ley o en la reglamentación que dicte el PODER EJECUTIVO.
ARTICULO 2° - Comuníquese al PODER EJECUTIVO NACIONAL.
FIRMANTES
ALLENDE - LASTIRI - Cantoni - Lavia