Ley Nº 21217
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Ley Nº 21217
30 de Septiembre de 1975
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 04 de Noviembre de 1975
ASUNTO
PRESTAMOS HIPOTECARIOS A EMPRESAS PROMOCIONADAS PARA CONSTRUCCION DE VIVIENDAS PARA OBREROS Y EMPLEADOS.
Cantidad de Artículos: 4
BANCO HIPOTECARIO NACIONAL-PROMOCION INDUSTRIAL -CREDITO HIPOTECARIO-VIVIENDA ECONOMICA
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
SANCIONA:
ARTICULO 1° - Dispónese que el Banco Hipotecario Nacional ponga en vigencia una operatoria destinada a otorgar préstamos hipotecarios individuales y/o globales, a las empresas que en virtud de la vigencia de la Ley de Promoción Industrial, decidan radicar industrias o ya se hallen radicadas en el interior del país.
ARTICULO 2° - Tales préstamos se destinarán a solucionar el problema habitacional de los obreros y/o empleados que vayan a prestar o se encuentren prestando servicios en esas empresas industriales.
ARTICULO 3° - La empresa industrial oficiará de "entidad intermedia" y se establecerá como condición para el otorgamiento de los créditos, que una vez terminada la edificación la entidad transfiera la titularidad del dominio y del préstamo a los obreros y/o empleados que habiten el inmueble.
ARTICULO 4° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FIRMANTES
GARCIA - SANCHEZ TORANZO - Caressi - Lavia