Ley Nº 23084
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Ley Nº 23084
13 de Septiembre de 1984
IMPUESTOS VARIOS
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Fecha de Promulgación: 28 de Septiembre de 1984
Boletín Oficial: 03 de Octubre de 1984
ASUNTO
LEY N° 23084 - Leyes Nros. 22.021, 22.702 y 22.973 - Su modificación Régimen especial de franquicias tributarias para las provincias de La Rioja, Catamarca, San Luis y San Juan.
Cantidad de Artículos: 3
REGIMENES DE PROMOCION-BENEFICIOS TRIBUTARIOS -REGIMENES REGIONALES-PROMOCION INDUSTRIAL-PROMOCION AGROPECUARIA-LA RIOJA-SAN LUIS-CATAMARCA-SAN JUAN
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
SANCIONA:
ARTICULO 1°: Modifícanse las Leyes Nros. 22.021, 22.702 y 22.973 en lo referente a la extensión en beneficio de las provincias de La Rioja, Catamarca, San Luis y San Juan del plazo en que rigen las franquicias de las explotaciones industriales y agrícolo-ganaderas, estableciéndose la ampliación del plazo original que venció el 31 de diciembre de 1983 hasta que entre en vigencia la Ley Nacional de Promoción Industrial.
Textos Relacionados:
- Ley Nº 22973 (Extensión en beneficio de las provincias de La Rioja, Catamarca, San Luis y San Juan del plazo en que rigen las franquicias de las explotaciones industriales y agrícolo-ganaderas.)
- Ley Nº 22702 (Extensión en beneficio de las provincias de La Rioja, Catamarca, San Luis y San Juan del plazo en que rigen las franquicias de las explotaciones industriales y agrícolo-ganaderas.)
- Ley Nº 22021 (Extensión en beneficio de las provincias de La Rioja, Catamarca, San Luis y San Juan del plazo en que rigen las franquicias de las explotaciones industriales y agrícolo-ganaderas.)
ARTICULO 2°: Modifícase el inciso c) del artículo 19 de la Ley N° 22.021, modificada por la Ley N° 22.702, donde dice: "La facultad otorgada a los Poderes Ejecutivos de las provincias promocionadas respecto de los proyectos industriales lo es...hasta el 30 de junio de 1985 para la provincia de La Rioja", deberá decir: "La facultad otorgada a los Poderes Ejecutivos de las provincias promocionadas respecto de los proyectos industriales lo es hasta tanto entre en vigencia la Ley Nacional de Promoción Industrial para las provincias de Catamarca y San Luis y hasta el 30 de junio de 1985 para la provincia de La Rioja.".
Modifica a:
- Ley Nº 22021 Articulo Nº 19 (Inciso c).)
ARTICULO 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FIRMANTES
ALFONSIN-ROQUE G. CARRANZA