Constitución de la Provincia de Chubut

  • Artículo 92 El Gobierno de la Provincia provee a los gastos de su administración con los fondos del tesoro provincial, formado del producto de la venta o locación de tierras fiscales, del canon sobre pertenencias mineras, de las regalías provenientes de la explotación de sus recursos naturales, de la venta de otros bienes de su propiedad , de los tributos, de los empréstitos y operaciones de credito autoriza- dos por la Legislatura para empresas de utilidad pública, de la renta producida por la tenencia o realización de títulos públicos o privados y demás ingresos provenientes de otras fuentes de recursos.

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