Constitución de la Provincia de Catamarca
- Artículo 293 La Provincia de Catamarca ejerce su potestad jurisdiccional sobre la totalidad del territorio que le pertenece por sus títulos históricos, la Constitución Nacional y las normas de provincialización del Territorio Nacional de los Andes. Desconoce expresamente la virtualidad jurídica de la regla estatal de facto Nº 22.472. Referencias Normativas: Ley 22.472