Constitución de la Provincia de Chubut

  • Artículo 25 El Estado reconoce el derecho de todo habitante a constituir una familia y asegura su protección social, económica y jurídica como núcleo primario y fundamental de la sociedad. El bien de familia y los elementos necesarios para el trabajo intelectual o manual son inembargables. La ley determina en qué casos la propiedad rural se considera bien de familia. Se dictan normas para prevenir las distintas formas de violencia familiar.

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