Constitución de la Provincia de Chubut
- Artículo 122 El Estado provee a la seguridad pública. Es ejer cida para la preservación del orden constitucional, la defensa de la sociedad y la integridad de los habitantes y su patrimonio, asegu rando la irrestricta vigencia de las libertades públicas y la plena observancia de los derechos y garantías individuales.