Constitución Provincial de Misiones

  • Artículo 60 Las entidades gremiales y sindicales, cooperativas y asociaciones de productores y consumidores intervendrán en la defensa de la producción en relación al consumo y las necesidades de inversión.

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  • Artículo 61 La Provincia, dentro de los derechos y garantías asegurados en esta Constitución, podrá controlar, tomar a su cargo o destinar para cooperativas o entidades similares, cuando el bien común lo exija, aquellas actividades en que predomine el interés público y en que la iniciativa privada sea insuficiante, monopolista o privilegiada.

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  • Artículo 62 La Provincia reconoce la función social del cooperativismo. Promoverá y favorecerá su incremento por los medios más idóneos y asegurará su carácter y finalidades y facilitará el acceso directo de las cooperativas de producción a los mercados consumidores nacionales y extranjeros.

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  • Artículo 63 El Estado provincial estimulará el aumento real del ahorro hasta niveles óptimos, haciéndole cumplir su función económico-social a través de la capitalización básica en la Provincia y asegurando su inembargabilidad. Regulará y controlará los sistemas de crédito, y reprimirá el interés usurario.

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  • Artículo 64 La Provincia creará bancos como entidades estatales o mixtas, debiendo en éste último caso tener la mayoría absoluta del capital. Estará representada en el gobierno del banco únicamente por los directores nombrados por el Poder Ejecutivo, con acuerdo de la Legislatura. También propenderá a la creación o radicación de nuevos bancos en su territorio, especialmente los cooperativos y de fomento agrario-industrial.

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  • Artículo 65 El Estado promoverá y fomentará por ley u otras medidas la radicación de industrias de elaboración de materias primas en las zonas de producción.

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  • Artículo 66 Se dictarán leyes especiales tendientes a: 1) Fomento del crédito industrial y minero; 2) Construcción, consolidación y mejoramiento de la red vial, estimulando la iniciativa y cooperación privada para su aplicación; 3) Instalación y mejoramiento de puertos y aeropuertos; 4) Fomento del turismo en todos sus aspectos, procurando ponerlo al alcance de los habitantes de la Provincia y particularmente de los empleados, obreros y escolares.

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  1. << CAPITULO TERCERO